2024-07-24

Oficializaron los cambios en el Monotributo: cómo quedaron las escalas

El Gobierno publicó la reglamentación de las modificaciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

El Gobierno ha oficializado este miércoles una serie de cambios significativos en el régimen del Monotributo a través de la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Esta actualización, que establece nuevos topes de facturación y cuotas, entrará en vigor el próximo 1 de agosto. 

La medida fue formalizada mediante el decreto 661/2024, el cual se publicó en la última edición del Boletín Oficial. Según este decreto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) actualizará los parámetros de facturación en los meses de enero y julio de cada año, basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Los montos actualizados comenzarán a tener efecto a partir del primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se realice la actualización, inclusive.

Entre los detalles más destacados de esta reglamentación se encuentran los aumentos en los límites de facturación. Dependiendo de la categoría, estos montos aumentarán entre el 201% y el 301%. Además, los precios unitarios de venta también se verán incrementados en un 213% para todas las categorías de aquellos que vendan bienes. Asimismo, los montos devengados por alquileres anuales verán un incremento que oscilará entre el 211% y el 309%.

 

 

Cómo quedan las nuevas escalas

 

Estas son las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto:

  • Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
  • Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
  • Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
  • Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
  • Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
  • Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
  • Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
  • Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
  • Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
  • Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
  • Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)

Monotributo: cuotas mensuales por categoría

  • Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.
  • Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.
  • Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.
  • Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.
  • Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;
  • Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.
  • Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.
  • Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.
  • Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.
  • Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.
  • Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.
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