¿Qué dice el DNU sobre la licenciad de maternidad?
En un intento de promover la desregulación de la economía y llevar adelante medidas para el Congreso, el presidente Javier Milei ha presentado un DNU que propone importantes modificaciones en la licencia por maternidad, regulada por el artículo 177 de la ley de Contrato de Trabajo.
Una de las claves de esta nueva legislación es la prohibición del trabajo para el personal femenino o persona gestante durante los cuarenta y cinco días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco días después del mismo. Esta medida busca garantizar un tiempo adecuado de descanso y recuperación para las personas gestantes.
Además, se abre la posibilidad de que las personas gestantes puedan trabajar hasta diez días antes de la fecha prevista del parto, permitiendo una mayor flexibilidad en el cumplimiento de la licencia por maternidad. En casos de nacimiento pre-término, se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se haya gozado antes del parto, de manera de completar un período total de noventa días.
Otro aspecto destacado es la posibilidad de reducir la licencia previa al parto a un mínimo de diez días, acumulando el resto en el período posterior de descanso. Esta modificación brinda una mayor autonomía a las personas gestantes, permitiéndoles decidir cómo utilizar su tiempo previo y posterior al parto de acuerdo a sus necesidades y circunstancias individuales.
Es importante mencionar que el nuevo artículo elimina la línea "Despido por causa del embarazo", lo cual genera interrogantes sobre la protección a los derechos laborales de las personas gestantes en caso de sufrir algún despido durante su licencia por maternidad. Este tema será discutido en el Congreso de la Nación, donde los diputados y senadores definirán si aprueban o rechazan estas medidas.