MUERTE DE MANUEL BENÍTEZ
El juez Bernardo Campana resolvió que Federico Pajarín tiene derecho a una "probation" y evitará el juicio
El juez Bernardo Campana levantó el cuarto intermedio que había dispuesto y analizó que procedía el beneficio de la suspensión del juicio a prueba que solicitó la defensa de Federico Pajarín, acusado por el homicidio del refugiero Manuel Benítez. De tal manera, si la decisión queda firme las partes deberán discutir las condiciones y el tiempo por el que se suspenderá el proceso. Si el acusado ajusta su conducta a las pautas establecidas, quedará eximido definitivamente del caso, sin juicio oral. Querella y Fiscalía anticiparon que impugnarán la decisión.
Días atrás, el defensor particular Juan Manuel García Berro había remarcado que no existía ningún impedimento legal para conceder a Federico Pajarín, el imputado, el beneficio de suspender el proceso a prueba, sujetándolo a las pautas de conducta que se requieran, por el tiempo necesario, como forma de saldar la responsabilidad que le atribuyen en el hecho, además de cumplimentar el pago de cuatro cuotas de 200 mil pesos a modo de compensación por los daños ocasionados. En paralelo, el defensor había señalado que la Aseguradora de Riesgos del Trabajo que cubría a Manuel, buscaba cerrar un acuerdo con la familia en el expediente abierto en el fuero laboral y que el último ofrecimiento indemnizatorio ascendía los 23 millones de pesos para cubrir lo que fervientemente describió como un accidente in itinere, es decir, de un empleado cuando se dirige a su trabajo.
Pajarín era concesionario del refugio Frey, cuando, en abril del año pasado, Manuel Benítez murió intentando llegar a ese lugar, donde trabajaba para el acusado, en medio de una tormenta de nieve.
En ese escenario, a pesar de que Pajarín supo que Manuel no había llegado ese día al refugio y no había señales de él, demoró en dar el alerta a la Comisión de Auxilio del Club Andino Bariloche, entidad que precisamente, le había dado la concesión del refugio que explotaba.
Al día siguiente se montó un operativo de búsqueda y se encontró en primera instancia su mochila y los bastones. Después encontrarían su cuerpo, cubierto por nieve y a tan solo unos metros del refugio.
El juez Campana escuchó la posición defensiva y el rechazo que plantearon la fiscalía y la parte querellante y tomó un cuarto intermedio de 48 horas para analizar la jurisprudencia señalada por las partes y emitir su decisión. Entonces señaló que la posición de la fiscalía no podía ser caprichosa, sino lo contrario, fundada y correctamente motivada y a su entender, los motivos esgrimidos por la fiscala Betiana Cendón para oponerse, no resultaban válidos.
El Ministerio Público Fiscal, adujo "política criminal" y la negativa firme de la familia de la víctima para resolver de ese modo el proceso, además del impacto social que tenía el hecho. En el caso, aseguró, el dictamen no resultaba vinculante y era impotente a los efectos del beneficio del que Pajarín gozará.
El juez Campana aseguró que resulta imposible conmensurar el daño sufrido por los padres de Manuel, pero aseguró que ese dolor irreparable "no lo distingue de otros hechos con idénticos resultados de muerte, incluso múltiples en los cuáles si se aplicó el beneficio de la probation, a pesar de que en esos casos se ocasionaron múltiples víctimas fatales, por caso Villa HUiníd, de público conocimiento".
"No tengo yo como juez la capacidad para rechazar el beneficio de la suspensión del juicio a prueba que solicitó Pajarín, porque el dictamen de la fiscalía no es suficientemente motivado", cerró Campana, quien convocó a una nueva audiencia para que las partes discutan, de manera presencial, cada una de las pautas de conducta que se le impongan, aunque ante el anticipo de impugnación de parte de fiscalía y querella, difirió esa posibilidad.