2023-09-24

SE DEBATE EN EL CONCEJO

¿De qué se trata el programa de blanqueo de obras irregulares que propone el municipio?

Comenzó a debatirse la semana pasada en el Concejo Deliberante, un proyecto de ordenanza denominado PRONORMA, que es un programa de normalización de obras privadas construidas sin permisos o antirreglamentarias, para la regularización de obras particulares.

La idea llega en pleno boom de las obras en la ciudad, debido a la alta inflación y donde las construcciones de todo tipo aparecen como una buena inversión, ya sea para el ámbito privado o para desarrollar algún tipo de emprendimiento comercial.

Están incluidas dentro de la norma, las obras que se hubiesen ejecutado sin la correspondiente licencia para construir, así como las ejecutadas con la licencia y que no pueden acceder al certificado de final de obra y a aquellas edificaciones antirreglamentarias que pretendan acceder a una habilitación municipal en los términos de lo dispuesto por el Código Único de Habilitaciones.

La propuesta del intendente Gustavo Gennuso excluye a todas las obras existentes en parcelas emplazadas dentro de los límites de las reservas naturales.

Al respecto, ante los concejales, el secretario de Ambiente y Desarrollo Urbano, Claudio Otano, señaló que la mitad de las obras privadas domiciliarias construidas carecen de un permiso.

“Son casas o ampliaciones que se construyen, con la necesidad de destinar todo el recurso económico a la construcción de la vivienda, pero sin la presentación de los planos o los permisos de obra correspondientes”, detalló.

En caso de aprobarse, la iniciativa del oficialismo prevé una bonificación especial por derechos de construcción. La misma va desde el 50 al 15 por ciento, una vez entrada en vigencia y será de acuerdo a la envergadura de las obras a habilitar.

Desde ya, que para adherir a este régimen, todos los ciudadanos interesados deberán presentarse ante la Comuna, con un profesional matriculado de categoría acorde con la obra a empadronar.

Asimismo, el solicitante deberá presentar, sin perjuicio de los requisitos específicos de cada supuesto en particular, la documentación que acredite el derecho a construir sobre el inmueble: escritura de dominio, copia certificada de sentencias firmes de asignación de inmuebles en juicioso sucesorios, declaratoria de herederos o juicio de divorcio o cualquier otra forma de adjudicación judicial de propiedad no prevista, entre otras documentaciones.

Te puede interesar