ELECCIONES
¿Qué pasa si no voto en las PASO?: conoce las consecuencias y cómo justificar tu ausencia
Este domingo se celebran las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) en las que se eligieron a los candidatos a la presidencia. Sin embargo, ¿qué sucede si uno no vota en estas elecciones? Es importante destacar que votar en las elecciones PASO 2023 es una obligación para todos los ciudadanos.
En el caso de que no hayas emitido tu voto en las PASO 2023, tendrás la obligación de votar en las elecciones generales que se llevarán a cabo en octubre. No obstante, deberás justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral correspondiente en los 60 días posteriores a la elección, para evitar quedar inscrito/a en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
Las multas y sanciones que tendrás por no votar
Las consecuencias por no votar en las PASO 2023 implican:
- Una multa económica y la inclusión en el Registro de Infractores.
- Asimismo, no podrás optar por cargos o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
- Aquellos que no paguen la multa tampoco podrán realizar gestiones o trámites en organismos estatales durante un año.
Sin embargo, existen situaciones en las que el no voto está justificado según la Cámara Electoral. Estas excepciones incluyen encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación y justificarlo ante la autoridad policial cercana, estar enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, formar parte de un organismo o empresa de servicios públicos y cumplir funciones que impidan asistir a votar, o ser juez o auxiliar y tener que mantener la oficina abierta durante los comicios.
En caso de no poder votar debido a razones de salud, es necesario presentar un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal el mismo día de las elecciones. En ausencia de hospitales públicos, un profesional de la salud particular puede emitir el certificado. Se debe presentar el certificado dentro de los 60 días posteriores a las elecciones ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral correspondiente.