El INAI ratificó una resolución que ordena la entrega de tierras a la comunidad Buenuleo
El Gobierno nacional, a través de una resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), ratificó este miércoles una resolución anterior que ordena la entrega de tierras a la comunidad mapuche Buenuleo.
La polémica Resolución 151/2023 que salió publicada en el Boletín Oficial rechaza los planteos interpuestos por un propietario de tierras en Bariloche que reclamó por la cesión de una superficie de 481 hectáreas a la comunidad Lof Che Buenuleo.
De esta manera, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas emitió una resolución en la cual se rechazan los planteos presentados por el Sr. Emilio Friedrich contra las Resoluciones INAI 90/2020 y 159/2022. Se argumenta que los planteos carecen de fundamento y reconoce a la ocupación de la comunidad Buenuleo como propiedad del pueblo mapuche.
Se trata de una causa iniciada el 15 de octubre de 2020 por Emilio Friedrich, quien presentó un amparo alegando poseer un predio de 92 hectáreas conocido como Pampa de Huenuleo dentro de las casi 500 hectáreas entregadas a la comunidad mapuche.
Sin embargo el argumento del Gobierno nacional se remonta a diez años atrás de la presentación judicial, cuando el 30 de enero de 2010 Antonio Buenuleo, “en su calidad de lonko de la Comunidad solicitó el relevamiento territorial de la Comunidad Lof Che Buenuleo”. Al año siguiente se dio inicio al relevamiento que recién concluyó en 2020, año en que la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Nación intervino tras la presentación de Friedrich y declaró la nulidad de la resolución del INAI que otorgaba las tierras a la comunidad Lof Che Buenuleo.
Así se ratifica en su totalidad la resolución que reconoce la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad Lof Che Buenuleo, perteneciente al pueblo mapuche, ubicada en Bariloche. Esta comunidad cuenta con Personería Jurídica Resolución 116 del 14 de marzo de 2011, registrada bajo el número 31 en la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Río Negro. La superficie georreferenciada de la comunidad se detalla en el Anexo I de la resolución.