LEGISLATURA RIONEGRINA
Ratifican la norma que impide a comerciantes manipular tarjetas de crédito y débito
La legislatura rionegrina sancionó hoy en segunda vuelta la ley que regula la manipulación en el uso de tarjetas de crédito y débito en la provincia de Río Negro. Es a los fines de evitar el uso indebido y proteger a los consumidores de bienes y servicios de posibles estafas.
El texto prohíbe a los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito requerir su entrega a los titulares o adicionales para realizar operaciones. Las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los titulares usuarios a cuyo nombre se han emitido.
El texto de la norma prevé que, para realizar una operación comercial, los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito deben requerirle al titular que las exhiba de modo que puedan verlas adecuadamente. Esto para constatar que los datos y la firma contenidos en ellas coincidan con los del documento nacional de identidad de quien las porta.
Además, el proveedor o comercio adherido al sistema de tarjetas de débito o crédito debe acondicionar, en el plazo de 90 días a partir de la entrada en vigencia de la presente, sus dispositivos de cobro electrónico.
El proyecto de ley es de autoría de la legisladora Graciela Valdebenito (JSRN). La propuesta nació a partir del incremento de denuncias penales efectuadas por gran parte de la sociedad por delitos de estafas con tarjetas de crédito, débito y robo de datos personales. Este tipo de delitos, expresó en su momento ,“son los más difíciles de detectar para la justicia provocando en las víctimas un malestar emocional muy grande”.
El articulado fija como autoridad de aplicación a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ARTRN). Esta debe instrumentar una campaña de concientización, información y capacitación respecto al uso de las tarjetas una vez que quede promulgada en el Boletín Oficial.
El incumplimiento a esta futura normativa hará pasible al infractor de las sanciones previstas en la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias, y en la Ley Nacional N° 5.414 “Derechos de los Consumidores y Usuarios” de la Provincia de Río Negro.