2023-02-25

PREOCUPANTE HECHO

Condenaron a dos policías por un procedimiento "irregular, ilegal y violatorio de los derechos humanos"

Dos personas que resultaron lesionadas luego de un procedimiento policial que comenzó en plena vía pública y continuó en la comisaría, deberán ser indemnizadas por los daños y perjuicios que les causaron, según una sentencia que consideró, entre otros aspectos, el daño psicológico sufrido por los demandantes desde el momento del hecho. 

Los demandantes señalaron que el hecho sucedió en la esquina de 20 de Febrero y Güemes, donde las dos personas agredidas se habían quedado varadas dentro del automóvil. En ese momento fueron interceptados por tres patrulleros, de donde se bajaron los policías que les abrieron las puertas y les arrojaron gas pimienta. Solamente uno de los oficiales se identificó mientras el otro sacaba "de los pelos" del auto a uno de los demandantes mientras le daba trompadas en la mandíbula y la boca.

Luego de lo sucedido, los oficiales les pidieron las contraseñas de los teléfonos para borrar los videos que las dos víctimas habían podido grabar durante el procedimiento. En la comisaría 2ª los golpes continuaron hasta el calabozo. Uno de ellos, en particular, recibió golpes en sus extremidades inferiores y genitales, según se detalla en el escrito "convirtiendo sus piernas en un solo hematoma casi sin solución de continuidad".

El fallo del Juzgado Civil 5 expresa que "los hechos descriptos permiten concluir que se trató de un procedimiento totalmente irregular, ilegal y violatorio de los derechos humanos, ya que no se brindó un trato digno ni se respetó la integridad personal". 

En relación a la indemnización, se contempló el daño psicológico causado, lucro cesante y daño moral. Con respecto a este último rubro se expresó: "Es evidente la existencia del daño moral pues se ha afectado el espíritu, la tranquilidad y la integridad física de los actores, quienes no solo han sufrido las lesiones físicas descriptas por el médico forense, sino también otras vejaciones en forma ilegítima y totalmente repudiables en un estado de derecho, máxime cuando tales actos provinieron de integrantes de la institución estatal encargada de resguardar la seguridad de los ciudadanos; todo lo cual evidentemente repercutió en la vida social, laboral, familiar y recreativa".

La sentencia civil mencionó que el fuero penal declaró culpables a dos empleados policiales por vejaciones en actos de servicio y absolvió a un tercero por el beneficio de la duda. La condena penal recayó sobre los efectivos. Ahora, esta etapa de resarcimiento civil corresponde al Estado provincial.

 

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