2022-12-21

ATACARON A DOS NIÑAS QUE ESTABAN A SU CUIDADO

STJ negó que condena para dos tíos violadores sea analizada por la Corte Suprema

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó el recurso extraordinario federal que intentó la defensa de dos hombres que fueron condenados a ocho años de prisión por abusar sexualmente de dos niñas en reiteradas ocasiones. Con ello únicamente les queda acudir en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación antes de que la sentencia quede firme.

En abril de este año, los jueces Marcos Burgos, Gregor Joos y Bernardo Campana habían dictado la sentencia que condenó a los dos sujetos. A uno por hechos ocurridos en forma reiterada en circunstancias temporales que no pudieron ser establecidas con precisión pero mientras la niña cursaba entre quinto y séptimo grado, es decir entre los años 2014 y 2016.
Según la acusación, la niña una vez por semana se quedaba a dormir en la casa de su tío y el acusado aprovechaba la nocturnidad y el descanso del resto de las personas que habitaban el domicilio para agredirla sexualmente.

Otro de los tíos, fue imputado por hechos ocurridos en forma reiterada y en distintos momentos del día dentro de su domicilio, en un tiempo que tampoco pudo ser determinado con precisión pero ubicable en el transcurso en que la niña acudía a cuarto y quinto grado y se extendieron hasta que la pequeña asistía a primer año del colegio secundario.

En ambos casos la acusación los hechos fueron encuadrados en las figuras de abuso sexual con acceso carnal reiterado contra una menor de 13 años y agravado por haber aprovechado la situación de convivencia preexistente con la menor y al haber estado encargado de su guarda.
Los detalles del caso se reservan para proteger la identidad de las dos víctimas, ante la entidad de los delitos investigados y por su condición de menores de edad.

Los dos admitieron su culpa en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, pero tras ello cambiaron de defensor y comenzaron a apelar la setencia. En primera instancia el Tribunal de Impugnación rechazó las apelaciones ordinaria y extraordinaria y luego el propio Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja. Ahora, no habilitó la instancia federal, para que el caso llegue a la Corte.

En la presentación el defensor particular Diego Navarro, señaló que debido a una falta de asesoramiento oportuno de la defensa pública que asistía a sus pupilos, hubo una errónea comprensión del acuerdo que aceptaron y a su criterio ello implicaba la nulidad del acuerdo de juicio abreviado.

No obstante, de acuerdo al criterio de los jueces del STJ, el defensor no respetó los requisitos exigidos para habilitar la instancia federal de revisión en la Corte Suprema, por lo que rechazaron la presentación.

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