2022-11-10

Se oficializó el bono para personas en situación de indigencia: cuándo se cobrará

Se trata de un bono extraordinario, de alcance nacional para adultos sin ingresos en concepto de refuerzo alimentario. Se cobrará en dos pagos. El presidente lo firmó poco antes de partir de gira a Francia e Indonesia.

El Gobierno oficializó un “Refuerzo Alimentario para Adultos sin Ingresos”, que beneficia a aquellas personas de 18 a 65 años que se encuentren en una situación de “extrema vulnerabilidad”, con un bono de $45.000, que se pagará en 2 cuotas equivalentes en noviembre y diciembre. El decreto 758/2022 se publicó en el Boletín Oficial. Se estima que este refuerzo alcanzará a 1 millón de personas.

En el artículo 7 del decreto, se indica que “el refuerzo alimentario para adultos sin ingresos deberá solicitarse ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), conforme el procedimiento que ésta determine a tales efectos. Los datos consignados en la solicitud tendrán carácter de Declaración Jurada por parte de la persona solicitante”.

La medida se publicó en el Boletín Oficial y confirmó que los beneficiarios comenzarán a cobrar el 14 de diciembre el primer pago.

El refuerzo alimentario había sido anunciado por el ministro de economía, Sergio Massa, a mediados de octubre. En aquella oportunidad, el titular del palacio de hacienda explicó que se trataba de un ingreso de emergencia para personas en situación de indigencia. La medida fue financiada con otra resolución excepcional que adoptó la cartera de economía: el decreto que creó el llamado “dólar soja”, y permitió un ingreso excepcional para las arcas del tesoro nacional, a partir del reconocimiento de un valor diferente para los agroexportadores.

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Requisitos para quienes accedan a este refuerzo

Según el artículo n°4 del decreto, las personas que quieran percibir este ingreso deberán cumplir con los siguientes requisitos:

A. Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia -en el marco de la Ley Nº 25.871- no inferior a DOS (2) años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

B. Tener DIECIOCHO (18) años o más y no haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

C. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria;

D. Completar la solicitud, de conformidad a lo establecido en la normativa complementaria correspondiente;

E. No encontrarse la persona solicitante:

i. Percibiendo ingresos formales de ningún tipo;

ii. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado;

iii. Inscripta en el RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ni en el régimen de autónomos;

iv. Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

v. Con seguro de medicina prepaga;

vi. Alcanzada por cobertura de salud, tanto para titulares como adherentes de obras sociales;

vii. Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares;

viii. Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales;

ix. Registrada como Efectora Social en el padrón informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;

x. Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad

xi. Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares; considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.

La normativa lleva las firmas de Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de los ministros Sergio Massa (Economía), Victoria Tolosa Paz (Desarrollo Social) y Raquel “Kelly” Olmos (Trabajo).

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