2022-11-08

NUEVA RESOLUCIÓN

Separación de deshechos y compostaje obligatorio en toda el área de Parques Nacionales

La Disposición para el "Manejo de Residuos en Prestaciones de Servicios Turísticos del Parque Nacional Nahuel Huapi y Los Arrayanes" quedó aprobada, estableciendo procedimientos para la separación en origen de los residuos. Estos tratamientos de deshechos, deben realizarse por todos los prestadores de servicios turísticos habilitados en el área protegida. Dejando a cada prestador responsable de la gestión de sus residuos junto a la Administración Pública Nacional.

La separación de residuos y compostaje facilita la diferenciación de acuerdo a lo establecido por los centros de tratamiento final, logrando una reducción del 50% del material desechable. 

Los visitantes del Parque Nacional Nahuel Huapi deberán separar sus residuos en origen en cada uno de los tachos de manera ordenada y apropiada:
1) Residuos reciclables (limpios y secos): Son aquellos residuos que pueden ser reciclados y reutilizados, como por ejemplo plásticos, vidrio, cartón, latas, textiles y diferentes tipos de envases.
2) Residuos orgánicos compostables: Incluye restos de fruta y verdura cruda, así como cáscaras de huevo, saquitos de té y café, yerba y restos de poda. Es decir aquellos elementos que posibiliten el compostaje en el sitio.
3) Basura: Esta categoría abarca los residuos que no ingresan en las categorías anteriores, por lo tanto son residuos que no son reciclables ni compostables. 

Esta normativa se encuentra en el marco de la Resolución Nº 187-2020 “Programa de Gestión Integral de Residuos en Áreas Protegidas” y se mantiene en vigencia la norma complementaria RES. D Nº 19-2020, que promueve la reducción progresiva y la prohibición de los plásticos de un solo uso en las Áreas Protegidas en Jurisdicción de la Administración De Parques Nacionales.

 

 

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