Ley de Nietos: hay un requisito clave para solicitar la ciudadanía española
Todas las personas que quieran solicitar la ciudadanía española deben tener en cuenta un factor clave para acceder a este documento.
Actualmente, muchos argentinos deciden emigrar a Europa en busca de un futuro mejor. La gran mayoría son jóvenes, pero también los adultos están pensando en un cambio de vida. Y uno de los países con mayor convocatoria para comenzar una nueva vida es España.
Cabe remarcar que hace pocos días se efectivizó la Ley de Memoria Democrática, también conocida como "Ley de Nietos", que entró en vigencia el pasado viernes, tras 15 días de la aprobación del proyecto por parte del Senado de España.
De este modo, entre otras cuestiones, apunta a permitir durante dos años la obtención de la ciudadanía a hijos y nietos de españoles que abandonaron el país durante la dictadura franquista.
En ese marco, es necesario conocer los requisitos para poder acceder a ese beneficio, y hay uno que es clave.
Según destacó la abogada Melissa Zanoni que integra el equipo de ArgentApp, la plataforma que ayuda a argentinos a radicarse en Europa, "el objeto de la nueva normativa es reparar el daño producido a los familiares de los exiliados durante la época del franquismo".
"Se trata de aquellos que quedaron afuera de la concesión de la nacionalidad española prevista por la ley de Memoria Histórica aprobada en 2007 bajo el gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero", detalló.
Asimismo, remarcó que los "descendientes de españoles podrán tramitar la nacionalidad aunque sus antecesores la hayan perdido o renunciado a ella por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual".
De esta forma, la Ley de nietos ampara a los siguientes grupos:
. Los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela, hayan sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
. Los hijos e hijas nacidos en el exterior cuyas madres españolas perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1.978.
Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos padres que gracias a la ley de Memoria Democrática del 2007 pudieron acceder por opción a la nacionalidad española de origen.
¿Cuál es la documentación que hay que presentar para tramitar la ciudadanía española?
Para solicitar la ciudadanía española en el marco de la "Ley de nietos" será necesario presentar:
El acta de opción por la nacionalidad española.
Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
DNI argentino del progenitor español.
DNI argentino del interesado.
En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
Hay un requisito clave e indispensable para obtener la ciudadanía en el marco de la Ley de nietos y es demostrar la prueba de exilio, que se puede acreditar de diversas maneras:
Documentación que acredite haber sido beneficiario de las pensiones otorgadas por la Administración española a los exiliados que prueba directamente y por sí sola el exilio.
Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los Estados de acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.
Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos, sindicatos o cualquier otra entidad o institución, pública o privada, debidamente reconocida por las autoridades españolas o del Estado de acogida de los exiliados, que esté relacionada con el exilio ya sea por haber padecido exilio sus integrantes, o por haber destacado en la defensa y protección de los exiliados españoles, o por trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.
Si se prueba alguno de los dos últimos supuestos, es decir B) y C) debe acompañarse, además, alguno de los siguientes documentos:
Pasaporte o título de viajecon sello de entrada en el país de recibimiento.
Certificación del registro de matrículadel Consulado español.
Certificaciones del Registro Civil Consular que acrediten laresidencia en el país de recibimiento, tales como inscripción de matrimonio, inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, entre otras.
Certificación del Registro Civil local del país de residencia que acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.
Documentación de la época del país de recibimiento en el que conste el año de la llegadaa dicho país o la llegada al mismo por cualquier medio de transporte.
Todas las partidas tienen que estar legalizadas y apostilladas. En caso de presentar la documentación incompleta, el interesado tendrá 30 días para poder subsanar cualquier error o adjuntar la documentación faltante. Por su parte, el organismo español deberá emitir la aprobación o el rechazo de la solicitud en un plazo máximo de 6 meses.