DECISIÓN DEL STJ
Nuevo revés para mujer condenada por demoler una casa
El Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso de queja intentado por la defensa de Marina Ramona Matlas, condenada a dos años y seis meses de prisión en suspenso bajo los cargos de usurpación y robo. La mujer había apelado la sentencia, pero el Tribunal de Impugnación la ratificó y tras un recurso extraordinario que también fue rechazado, acudió al STJ con la misma suerte. Con ello solo queda apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para evitar que la sentencia quede firme.
Matlas, había sido condenada por la jueza Romina Martini al confirmar la acusación que sostuvieron en juicio las fiscalas Silvia Paolini y Clara Moldes, además del abogado patrocinante de la querellante Marta Graciela Natero, Julián Pacheco.
La mujer fue acusada por haberse apoderado ilegítimamente de los elementos estructurales de una vivienda ubicada en un terreno del barrio Lago Moreno, así como también de los muebles, electrodomésticos, herramientas, materiales de construcción y diversos elementos habidos en el interior de la misma.
El hecho ocurrió en una fecha que no pudo ser establecida con exactitud, pero puede ubicarse entre octubre de 2017 y febrero de 2018. Según la acusación, confirmada por la sentencia, junto a tres personas no identificadas, la mujer desarmó la vivienda y se apoderó de la totalidad de los elementos que se encontraban en su interior. En el mismo período de tiempo, la acusada despojó en forma clandestina de la posesión que la víctima venía ejerciendo de forma pacífica y continua.
De acuerdo a la sentencia, víctima y victimaria mantuvieron una relación de amistad durante años y la acusada le había vendido los derechos que poseía sobre el 50% del lote en cuestión a la víctima. Los documentos que firmaron como parte del acuerdo fueron desconocidos por la defensa, aunque un perito calígrafo determinó que habían sido firmados por la acusada que se esforzó para automodificar su firma, con el fin ulterior de desconocer los documentos.
La sentencia sostuvo que la víctima ejerció diversos actos posesorios y que su ausencia circunstancial fue aprovechada por la acusada, para materializar el despojo previsto en la figura penal de usurpación.
Al momento de la determinación de la pena, la jueza estimó justo imponer dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, accesorias legales y costas, con las pautas de conducta propuestas por las partes por dos años. Además, dispuso la restitución del inmueble en los términos solicitados por la fiscalía.
La sentencia fue dispuesta el 11 de abril y en la revisión del Tribunal de Impugnación, se concluyó que tenía "un razonamiento lógico, que permite sin esfuerzo conocer los argumentos que la magistrada ha considerado para arribar a la determinación de responsabilidad que le corresponde asumir a la imputada por el delito reprochado. Corresponde por ello concluir que la resolución recurrida cumple con los extremos exigidos y corresponde rechazar el recurso de impugnación de la defensa técnica y confirmar la sentencia del foro de jueces de Bariloche".