2022-08-20

HOMICIDIO DE RAFAEL NAHUEL

Rechazaron planteos de nulidad de la defensa de los Albatros

Lo resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca al concluir que no existió en el trámite de las pruebas objetadas, ninguna afectación al derecho de defensa de los acusados por el homicidio de Rafael Nahuel, ocurrido en la zona de Villa Mascardi en noviembre de 2017.

Los jueces Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava, firmaron la resolución que por unanimidad desestimó los planteos de nulidad que planteó el defensor Marcelo Rochetti, en representación de Sergio Cavia, Francisco Pintos y Carlos Sosa. El letrado había reclamado la nulidad absoluta de la autopsia del cadáver de Rafael Nahuel y de las pericias ampliatorias que se desarrollaron de manera posterior y en consecuencia, todas las pruebas obtenidas a partir de ese acto inicial.

“Entiendo que no se ha infringido el ordenamiento procesal, ni ha existido afectación alguna del derecho de defensa de los imputados que amerite la sanción procesal que se reclama”, concluyeron Bracco y Díaz Lacava, siguiendo el voto previo de Silva.

Las usurpaciones ocurrieron el 10 y el 25 de noviembre de 2017, en dos predios que pertenecen a Parques Nacionales. Desde entonces diversas personas permanecen en el lugar. Justamente el 25 de noviembre de ese año, ocurrió el homicidio de Rafael Nahuel, cuando miembros del grupo especial Albatros ingresaron al predio luego de un intento fallido de desalojo que se dio el día previo.

Sergio Cavia está acusado como autor del homicidio agravado por el uso de armas de fuego con exceso en la legítima defensa, mientras que Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García, están acusados como partícipes necesarios del mismo delito.

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