Córdoba: una empresa tiene que darle cobertura de salud a un ex empleado que sufre adicción
La Justicia de Jesús María, en Córdoba, le ordenó a una cooperativa de servicios públicos que provea cobertura de salud, durante al menos un año, a un ex empleado. El hombre había sido despedido cuando realizaba un tratamiento de rehabilitación por su adicción a las drogas.
La medida fue adoptada por el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación, Familia de 1° Nominación de la localidad. Fue luego de que el trabajador presentara una medida cautelar, en el marco de una causa iniciada ante un juzgado laboral. En la misma argumentó haber sufrido un supuesto "despido discriminatorio por razones de salud", debido a su problemática con el consumo de estupefacientes.
El Poder Judicial provincial informó que el fallo del juez Luis Belitzky ordenó a la cooperativa empleadora que "provea de la cobertura de salud en las mismas condiciones que al tiempo de producirse el despido, por intermedio de la obra social o medicina prepaga con que contaba".
Se estableció que sea por el plazo de un año, aunque el magistrado aclaró que "puede prorrogarse si corresponde en derecho". Además, advirtió que se aplicará una sanción económica si la empresa no cumple con lo dispuesto.
Por otra parte, el fallo impuso al ex empleado la obligación de acreditar mensualmente ante el tribunal la continuidad del tratamiento. Debe indicar su evolución y, de no hacerlo, se revocará la cobertura médica ordenada.
Belitzky sostuvo que las personas que sufren de adicciones, "lejos de ser sancionados por su conducta merecen, además de un trato social digno que les permita la reinserción, una tutela judicial efectiva y diferencial que posibilite la rehabilitación".
Asimismo, explicó que el tratamiento de rehabilitación "conlleva un gasto en dinero importante por la indicación de medicamentos, internaciones, asistencia y acompañamiento, que el sector de la salud pública tal vez no pueda afrontar".