2022-03-24

Olivos Gate: se desestimó la denuncia de Florencia Peña contra diputados de Cambiemos

La Cámara Federal porteña archivó la denuncia que realizó Florencia Peña contra los diputados nacionales de Juntos por el Cambio, Waldo Wolff y Fernando Iglesias. Ella los acusó de realizar comentarios misóginos y machistas de contenido sexual por Twitter, luego de que trascendiera su visita a la quinta de Olivos durante la cuarentena.

En ese momento, Iglesias publicó un tuit que decía: “Para mí, la señorita iba a ayudarlo (al Presidente) a encontrar la perilla que enciende la economía para poner a la Argentina de pie”. Wolff respondió: “Pero ella de rodillas, no?”. Y después agregó: “Me refería a la economía”.

La querella de la actriz expuso que esos comentarios tenían una connotación sexual que violentaba los compromisos asumidos por el Estado Argentino para la erradicación de la violencia de género.

Es así que, agosto del 2021, Peña presentó en una denuncia por “discriminación e incumplimiento de los derechos de funcionario público, violencia de género mediática, institucional y simbólica” contra ambos legisladores.

Allí, además, aclaró que la visita a Alberto Fernández en mayo de 2020 tuvo el “único propósito de que el presidente realice gestiones tendientes a desarrollar estrategias en miras de mejorar la Industria Audiovisual”.

La causa fue instruida por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi. Wolff le reclamó al magistrado que desestime la denuncia en virtud de una “excepción por falta de acción”. Es decir, que la conducta que le atribuían no constituye un delito. De Giorgi rechazó la petición y el diputado apeló ante la Cámara Federal.

Finalmente, el martes, la Cámara Federal decidió archivar la acusación. El fallo fue votado por mayoría por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah. Asimismo, contó con la disidencia del camarista Roberto Boico. Indicaron que las afirmaciones de los legisladores son “cuestionables”, pero no constituyen el delito de abuso de autoridad de un funcionario público.

Consideraron que los dichos de ambos “de tenor ciertamente cuestionable por el modo en que refirieron a parte de las personas a que hicieron alusión”, estaban conectados “con las contingencias propias de su vida como diputados nacionales en la política partidaria y se vincularon a su visión individual sobre eventos producidos en la quinta Presidencial de Olivos que tomaron estado público en la época” y no con su calidad de funcionarios.

Irurzun y Farah concluyeron que “no corresponde el dictado de sobreseimiento (que pidió la defensa) sino el archivo de las actuaciones por imposibilidad de proceder”.

Con este resultado, es posible que la querella de Peña apele el fallo ante la Cámara de Casación y el debate continúe.

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