DECISIÓN JUDICIAL A FAVOR DE LA LOF MILLALONCO RANQUEHUE
Consenso Bariloche consideró que el otorgamiento de tierras constituye “un golpe al espacio público”
Ante la decisión de la jueza María Silvia Domínguez, a cargo del Juzgado Federal de Bariloche, de hacer lugar a la acción de amparo iniciada por la lof Millalonco Ranquehue, en la que se pedía que el Estado nacional otorgara la propiedad comunitaria y escritura pública sobre quinientas catorce hectáreas de tierras públicas –en custodia del Ejército Argentino–, desde la Mesa Consenso Bariloche se expresó preocupación y se consideró: “Solicitamos al Fiscal de Estado que, tal como es su deber constitucional, tome cartas en el asunto y pida que se dé intervención al Estado provincial. Para que las tierras públicas sigan siendo públicas, de libre acceso para barilochenses y visitantes de nuestra hermosa ciudad, insignia turística de la Argentina”.
“Las tierras en cuestión son parte del ejido urbano de la ciudad e integran el territorio del Parque Central de Bariloche, proyecto de la actual gobernadora Arabela Carreras, creado por la Ley Provincial 5155/16 para extender el uso público socialmente inclusivo de dichas tierras y la protección del paisaje y de la condición mayormente agreste de sus ambientes, a largo plazo”, explicaron los integrantes de la agrupación.
Justamente, en el comunicado en el cual manifestaron su inquietud por la decisión judicial, señalaron: “La Mesa Consenso Bariloche se constituyó en julio de 2021 con el objetivo primordial de asegurar la condición jurídica de las tierras públicas de Bariloche y el libre acceso, uso y goce de dichas tierras, atractivo turístico y fuente de trabajo y desarrollo de nuestra comunidad. Hoy no podemos más que expresar que el fallo mencionado es un golpe al espacio público de Bariloche y a la identidad de nuestra ciudad tal como la conocemos y disfrutamos”.
“Hay un antecedente sobre lo que se está juzgando que nos parece importante recordar: (“Comunidad Mapuche Trypay Antú c/ EN- INAI s/ proceso de conocimiento” Expte. 20801/2016). La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa Federal, el 22 de noviembre de 2018 declaró la nulidad de la sentencia de grado –que ordenaba la adjudicación del título de propiedad a la comunidad Tripay Antu– por no haberse dado debida intervención a la provincia de Río Negro. Dicho fallo contempló que el reconocimiento de personería jurídica de una comunidad es una competencia concurrente entre el Estado nacional y las provincias por lo que la cuestión solo podría dilucidarse con la participación de la jurisdicción provincial en el proceso judicial”, apreciaron, y en tal sentido es que pidieron que el fiscal de Estado accione para que se dé intervención a la provincia.