2021-10-29

CONSULTORA EN NUTRICIÓN DE UNICEF ARGENTINA

“El etiquetado frontal es una promoción de alimentos saludables”

La Cámara Baja del Congreso de la Nación aprobó la ley de etiquetado frontal. La norma prevé informar en los envases con respecto a exceso en azúcares, exceso en sodio, exceso en grasas saturadas, exceso en grasas totales y exceso en calorías. Estas leyendas deberán estar en octógonos negros, con bordes y letras de color blanco en mayúsculas y su tamaño no podrá ser inferior al 5% de la superficie de la cara frontal del envase. Andrea Graciano, consultora en nutrición de UNICEF Argentina, indicó: “Estamos felices, porque hemos dado un paso histórico para el país. Hemos venido trabajando hace varios años y celebramos que tenemos ley y ahora tenemos el desafió por delante para que haya una pronta reglamentación para mantener el espíritu de la norma”.

La nutricionista explicó que “la ley es conocida como de etiquetado frontal, pero en realidad se trata de una ley de promoción de alimentación saludable, que por un lado garantiza nuestro derecho a la información, que los alimentos y bebidas que se comercializan nos adviertan cuando un producto tenga un exceso en calorías o algún otro elemento crítico, grasas, sodio, que son nutrientes que tienen un impacto negativo en nuestra salud”.

A través del programa Chocolate por la noticia que se emite por El Cordillerano Radio (93.7), explicó que “se apuntan a la prohibición de la publicidad, promoción y/o patrocinio de estos productos no saludables, de aquellos productos que tengan aunque sea uno de estos elementos como advertencia y también tiene otro gran eje que es la protección de los entornos escolares, en referencia la alimentación saludable en las escuelas y por otro lado lo que hace es ponerle un coto a productos que pueden ingresar a un establecimiento educativo”.

Graciano dijo que “no se van a poder comercializar, vender en los kioskos o bufets este tipo de productos, los que tengan la advertencia, y tampoco se van a poder entregar dentro del patrón alimentario que las escuelas ofrecen en el desayuno, el almuerzo o la merienda” y agregó que “algo importante para aclarar es que esta advertencia va tener la forma de un octógono de color negro en el frente de los envases y también está previsto que en el dorso aparezcan dos leyendas que informen cuando algún producto tenga cafeína o edulcorantes buscando desalentar el consumo en la infancia. Es un proyecto de ley integral que lo que hace es proteger nuestros derechos, pero en particular en las infancias”.

Asimismo refirió que “son varios países los que cuentan ya con esta regulación, Chile lo hizo en 2016, luego se sumaron Uruguay, Perú, México, recientemente también se aprobó en Colombia y los resultados han sido más que alentadores, porque la población valora la información que existe en los envases, sobre todo la población de menores recursos y educativos, porque presenta la información muy clara y muy sencilla de comprender. No solamente porque valoran que la información esté disponible, sino en cuanto al momento de las decisiones de compra, pudiendo hacerlo de manera informada, transforma en pos de una alimentación más saludable y nutritiva”.

En el mismo rumbo refirió que “la experiencia en los países que fueron estudiando esta implementación ha tenido resultado muy efectivo, porque por un lado se resguarda a la población y por otro lado se ha visto que la industria alimentaria, que en principio rechaza estas regulaciones, luego se adapta y mejora la calidad nutricional de los productos que comercializa, porque la población empieza a demandar artículos más nutritivos y los productores lo empiezan a fabricar y a ofrecer productos saludables. Por ejemplo en Chile, los productos ya tienen menos azúcares, menos sodios, menos grasas que antes, que solo existía el light”.

Para Andrea Graciano es muy importante que se haya aprobado la ley: “Hay 90 días para la promulgación y luego viene la instancia de la reglamentación. Hay un montón de leyes que no están reglamentadas, pero con la ley de etiquetado no queremos que eso suceda, sino que podamos avanzar con una pronta reglamentación y que esa reglamentación mantenga el espíritu de la norma. Hay que tener en cuenta que si una ley no está reglamentada es como si no existiera. Una vez que la ley esté reglamentada las empresas tienen 180 días para implementar esos octógonos en el frente de los envases. Por ejemplo, en Perú, la ley fue sancionada en 2013 y recién se reglamentó en 2018. Entonces necesitamos que se reglamente”.

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