2021-10-29

LA ABONAN LOS VISITANTES

Ecotasa: el municipio prevé recaudar 131 millones en 2022

Es uno de los datos que están incluidos dentro del Presupuesto 2022, donde se incluyen todos los egresos e ingresos de cara al próximo ejercicio.

En tal sentido, la Secretaría de Hacienda de la Comuna, que dirige Diego Quintana, proyectó que en 2022 ingresarán $131 217 571 en concepto de la tasa que abonan todos los turistas que pernoctan por lo menos tres noches en esta ciudad.

Es una cifra muy similar a la que se presupuestó para el actual ejercicio, aunque este año producto de la pandemia la recaudación fue muy inferior.

Actualmente, los valores de la ecotasa que abonan los turistas que llegan a Bariloche están compuestos de la siguiente manera: 60 pesos la noche en los alojamientos de una estrella, 100 pesos en los establecimientos de dos estrellas, 140 pesos en tres estrellas, 220 pesos en alojamientos 4 estrellas y 280 pesos cada noche en un hotel de 5 estrellas. Mientras, el turismo de egresados también abona la ecotasa, con un valor de $140 la noche por cada estudiante.

Cabe recordar, que el pago de la tasa al turista este año tuvo un cambio en cuanto a su cobro, ya que ahora se paga online y en caso que no lo hagan, los hoteles deberán hacerse cargo de abonarlo.

Por otra parte, el gobierno municipal proyectó la suma a recaudar por la Ecotasa en los ejercicios venideros. Así, expuso que en 2023 se prevé recaudar unos $174 000 000 y unos $232 000 000 en 2024 con un incremento tarifario promedio del 50% año a año.

La semana pasada, el Superior Tribunal de Justicia desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la Ecotasa realizado por un empresario hotelero. Argumentó que el impuesto fue sancionado siguiendo los procedimientos legales y por los órganos competentes, que la normativa nacional y provincial reconoce la autonomía municipal para crear tributos, y rechazó que se trate de una “doble imposición”.

En definitiva, el Tribunal indicó que el tributo cumple con todos los requisitos constitucionales y legales de una tasa retributiva de una actividad estatal. Además, reafirmó su criterio restrictivo y de necesidad de gravedad para la declaración de inconstitucionalidad, ya que se presume la validez de las normas que sancionan los organismos competentes del Estado.

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