ADMITE EL DELITO SIN AGRAVANTES
Para la defensa no se comprobó la velocidad ni la alcoholemia
El defensor particular Juan Pablo Álvarez Guerrero, analizó diversos aspectos a lo largo de su alegato defensivo y se centró especialmente en apuntalar la inexistencia de pruebas que acrediten los agravantes del exceso de velocidad y de alcohol al momento del siniestro, para, de esa manera, tener una escala penal más baja al momento del dictado de condena, en caso de que Vázquez sea hallado culpable. La sentencia se conocerá el lunes.
Álvarez Guerrero inició su alegato señalando que entendía la lucha y lo que le tocó a los padres de Lucas. “No voy a entender nunca el dolor por la pérdida de un hijo, porque es intransferible, es lo primero que hay que decir”.
Tras ello analizó el artículo 84 bis del Código Penal, cuya figura es la que atribuyeron la fiscal Cendón y el querellante Ochoa a Vázquez. En tal sentido analizó que “El artículo 84 bis necesita agravantes: exceso de velocidad y alcohol” y remarcó que “Esos agravantes tienen que estar acabadamente probados y tienen que ser exactos”.
En esa línea remarcó que “no es si un testigo lo vio medio borracho. Es más de un gramo de alcohol por litro de sangre, sino no entramos en el agravante”. Su análisis continuó señalando que, “hay tres testigos que dicen que habían tomado tres Cinzanos mezclados con tónica o pomelo, desde las cuatro de la tarde a las once de la noche” y enfatizó que “los testigos no son válidos para entrar en el agravante”, al tiempo que cuestionó que no se practicó una extracción sanguínea para darle mayor precisión al estudio de alcoholemia, ni se repitió la prueba después para tener un segundo cotejo.
Profundizando sobre el punto, Álvarez Guerrero graficó que nadie sabe lo que hizo Vázquez después del siniestro: “No se verificó si Vázquez pudo seguir tomando alcohol después del accidente. Nadie lo sabe”. El defensor cuestionó que sorprendentemente existe un registro fílmico de cámaras de seguridad del momento en que la policía encuentra el automóvil y detiene a Vázquez pero no está el del momento en que arribó a su domicilio de la calle Sagitario y volvió a la carga “me están trayendo una alcoholemia para atrás sin saber qué hizo Vázquez, si siguió tomando cuando llegó a su casa”.
En relación al tema de la velocidad a la que se desplazaba Vázquez al momento del siniestro, el defensor alegó que tampoco se había acreditado una velocidad tal que permita aplicar los agravantes contemplados en el artículo 84 bis, segundo párrafo del Código Penal.
En tal sentido detalló que durante el juicio se observaron los registros obtenidos en las cámaras de seguridad ubicados en el kilómetro 8,400, 12,300 y 12,700 de Bustillo y en las tres imágenes se observa claramente que el auto que conducía Vázquez circulaba en condiciones normales, detrás de otros que transitaban por el lugar, “sin hacer maniobras raras ni adelantar” y que por el contrario, sí se observa en uno de los registros como otro automovilista adelanta la fila de vehículos que integraba Vázquez.
Cuestionó el defensor la objetividad de algunos testigos y señaló que las cámaras de seguridad sí lo son.
En esa tónica detalló que Vázquez tardó cuatro minutos con veintinueve segundos en recorrer el trayecto de cuatro kilómetros comprendido entre los registros fílmicos y que según los horarios establecidos en esos mismos elementos tecnológicos, daban un promedio de velocidad de 53,53 kilómetros por hora. “No se me ocurre por qué tiene un promedio de 53 y justo en ese momento del siniestro, en subida, más que duplicó la velocidad”, señaló el defensor en relación a la pericia del perito Vidal que concluyó que iba a 109 kilómetros por hora al momento del impacto.
“Mi parte no negó el hecho”, sinceró Álvarez Guerrero y acudió a la Ley Nacional de Tránsito para explicar algunos conceptos de su teoría. Subrayó que aunque sea denominada Avenida Bustillo, en realidad la traza corresponde a la Ruta Nacional 237.
“No voy a echarle la culpa a la víctima, porque me parece que las circunstancias geográficas del lugar contribuyeron”, advirtió y explicó “La Ley de Tránsito dice que peatón camina por acera en zona urbana y en zonas rurales en banquina opuesta a circulación y con elementos reflectivos de seguridad. Lucas Caro no caminaba conforme a la Ley de Tránsito”, aseveró y agregó que llevaba puesta una “remera negra y pantalón azul oscuro”, mientras que el hecho ocurrió en un “lugar oscuro, con mala señalización, sin demarcación en la ruta” y concluyó que Vázquez “seguro que no lo vio, imposible verlo”.
El tramo final del alegato defensivo estuvo orientado a intentar revertir lo que consideró fue un manejo tendencioso de los acusadores respecto a la información que “filtraron a la prensa”. “Lo hacen aparecer a Vázquez como un tipo que eludió a la justicia, un inadaptado social que se quiso escapar de la policía. Nos quieren hacer creer que es un inadaptado, incapaz de cumplir las normas, que se quiso escapar cuando lo encontraron y todos vimos el video en el que aparecen dos personas de civil, bajando de un automóvil civil. Vázquez dice que le apuntaron con un arma, yo no lo alcanzo a ver en el video”. El defensor invitó a pensar qué haría cualquiera si está saliendo de su casa, temprano a la mañana y se encuentra con un automóvil que da marcha atrás, del que bajan dos personas vestidas de civil y se acercan rápidamente: “Es bastante lógico”, afirmó y completó “no se ve la menor resistencia en los videos. No la hubo”.
Volviendo al punto anterior, Álvarez Guerrero acusó que “durante seis meses se filtraba todo esto a la prensa. Se dijo que venía a 110 kilómetros por hora. Se le dijo a la prensa que era un auto de rally: es un auto rural, familiar, modelo 2000. Se le dijo a la prensa que era un incumplidor de normas, que intentó escapar de la policía, ahora llegamos aquí cuando la opinión pública ya tiene una opinión formada” y advirtió que el siniestro pudo haber ocurrido igual si Vázquez no hubiera ingerido alcohol o si incluso se desplazara a una velocidad menor a los noventa kilómetros por hora. Se apoyó en su afirmación en las características del lugar: “porque no está iluminado, porque no está señalizado, porque Lucas venía de negro, porque Bariloche y sobre todo Bustillo está llena de estrellas amarillas. Hay sobre todo en Bustillo y Pioneros. No hay en Onelli, Elordi, Gallardo, están en Bustillo”, concluyó.
Finalmente destacó que “estamos hablando del autor de un delito culposo, sin ningún antecedente. No tiene una sola multa de alcoholemia. No se ha probado con el nivel de certeza que se necesita en esta etapa de juicio, que necesita ser absoluta, que conducía a más de 91 kilómetros por hora y con más de 1 gramo de alcohol por litro de sangre. Ninguna de esas cosas ha sido probada, no está incurso su accionar en el 84 bis segundo párrafo”, concluyó.