APLICARON CRITERIO DE OPORTUNIDAD
Por error de diagnóstico le extirparon una mama: la doctora fue sobreseída
El juez de Garantías Ricardo Calcagno dispuso el sobreseimiento de una doctora que había sido acusada por mala praxis bajo la figura de lesiones gravísimas culposas. Diagnosticó existencia de carcinomas y extrajo glándula mamaria a una mujer. Aplicaron un criterio de oportunidad mediante el cual resarció a la víctima.
Una doctora que había sido acusada por el delito de lesiones gravísimas culposas resultó sobreseída luego de cumplir las condiciones dispuestas en un acuerdo para aplicar un criterio de oportunidad.
Según la imputación que ahora fue desistida por la fiscalía, el 19 de abril del año 2018 la doctora realizó un examen sobre material consistente en un nódulo de la mama derecha de la paciente y realizó un diagnostico dictaminando específicamente “cilindros infiltrados por carcinoma nst, grado histológico 2, grado nuclear 2”.
En función del diagnóstico realizado por la imputada, un cirujano avanzó en la intervención para extraerle el supuesto tumor y realizó una tumorectomía mamaria extrayendo el supuesto cáncer y tejido circundante de la mama.
Luego de la intervención y tras someter a un análisis la muestra, concluyó que no se encontraron elementos cancerígenos en el material extraído y, en consecuencia, la ausencia de tumor.
La acusación puso foco en la falta de pericia de la doctora imputada al momento de analizar y diagnosticar a la paciente, lo que trajo como consecuencia una cirugía donde se le extirpó el ganglio centinela de la axila y casi la totalidad del tejido mamario derecho, lesiones estas de carácter gravísimo por tratarse de una perdida anatómica y causarle una deformación permanente en su cuerpo.
La fiscalía impulsó la investigación y en el transcurso de la etapa penal preparatoria las partes arribaron a un acuerdo en el marco de un criterio de oportunidad. Así, vencido el plazo de la investigación, la misma fiscalía se presentó para impulsar el sobreseimiento.
El magistrado concluyó que “la solicitud de la agente fiscal, titular de la acción pública, resulta compatible con la solución alternativa del conflicto primario, pregonada y puesta como finalidad para la resolución de procesos, a fin de contribuir al restablecimiento de la armonía entre los protagonistas del hecho investigado y la paz social, entiendo por ello al igual que las partes, debe concluir esta investigación con el dictado del sobreseimiento”.