LA POLÉMICA SE HIZO “INTERNACIONAL”
Vecinos de Dina Huapi mandaron nota al BID para que no preste el dinero para la obra de colección y tratamiento de efluentes
Los vecinos de Dina Huapi enviaron un comunicado al director del Banco Interamericano de Desarrollo, con sede en Washington, manifestando su oposición al proyecto que maneja el Ejecutivo de la localidad sobre colección y tratamiento de efluentes: el texto completo es el siguiente: “Los que suscribimos, vecinos del municipio de Dina Huapi, situado en Departamento de Pilcaniyeu, provincia de Río Negro, República Argentina, donde se prevé llevar a cabo el Proyecto de Sistema de colección y tratamiento de efluentes, dentro del marco del Plan Nacional de Recursos Hídricos para el Bicentenario (convenio de Prestamos BID Nº2343/OC-AR) estamos preocupados porque la ejecución de dicho proyecto no cumple con las políticas operativas pertinentes de vuestra institución, ni con los estándares ambientales y sociales que pretendemos para nuestra comunidad. Puntualmente en lo que respecta a vuestras Políticas de Salvaguardias Ambientales y Sociales se transgreden:
- Políticas de Acceso a la Información OP 102
Se nos informó mal y tarde sobre este proyecto. La consultora que realizó el EIA nunca tomó contacto con los vecinos para conocer nuestra opinión. Tampoco lo hizo la Intendencia de nuestra ciudad ni la Gobernación de la provincia.
- Políticas de Medio Ambiente y Cumplimientos de Salvaguardias OP 703, específicamente las directrices que son aplicable a los proyectos: a) Legislaciones y regulaciones nacionales: Se incumplen las siguientes leyes y disposiciones:
Ley Nacional 25.675-Ley General del Medio Ambiente Plan de Gestión de Parques Nacionales –Jurisdicción y competencia Ley Provincial 2.952-
De la Planificación hidrológica Ley Provincial 2.669-Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas Ley Provincial 2.946-Creación del Área Protegida del Río Limay Resolución Nacional RESFC-2019-31-APN-D#APNAC
–Aprobación del Plan de Gestión de Parques Nacionales Ley Provincial 4.741 Creación de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable-Fines, Garantías, previsiones y competencia Ordenanza 312 CDDH 2018
- b) Otros factores de riesgo. Capacidad de gestión
Una de las dos alternativas presentadas prevé llevar los efluentes a la vecina ciudad de San Carlos de Bariloche cuya planta depuradora cuenta con innumerables registros de pedidos de informe y recursos de amparos por el tema de vertidos de crudos en el lago Nahuel Huapi. La derivación de nuestros efluentes significará un incremento que resultará en más vertidos en dicho lago. Por otro lado, según afirmaciones periodísticas del señor Carlos Aristegui, presidente de la Cooperativa de Electricidad Bariloche, que es la entidad responsable de la gestión de la planta depuradora, no solo la CEB no ha sido consultada al respecto, sino que además la capacidad actual de la planta -y la prevista en la ampliación- únicamente puede dar respuesta a las necesidades de la ciudad de Bariloche, por lo que el proyecto carece de viabilidad técnica.
Cabe recordar en este punto que ni las autoridades ni los vecinos de San Carlos de Bariloche fueron informados ni consultados. El EIA no los tiene en cuenta.
- c) Hábitats naturales y sitios culturales
Este proyecto pone en serio riesgo de contaminación una extensa playa pública Municipal, que comporta no solo un lugar importante de recreación de los habitantes de Dina Huapi sino también de los vecinos de la ciudad de San Carlos de Bariloche (quienes cuentan con escasas playas públicas) y turistas quienes realizan actividades de esparcimiento.
De la misma forma se afectaría los cauces de dos ríos: Ñirihuau y Limay siendo este último un reconocido ámbito para los aficionados a la pesca deportiva. Remarcamos además que en 2016, por Ley Provincial 596, Dina Huapi fue declarada “Capital Provincial de la Pesca con Mosca”. Además, en el mismo proyecto de ENHOSA, la provisión de agua potable de Dina Huapi está pensada desde el lago, lugar donde directa o indirectamente van a ir los vertidos cloacales del proyecto de efluentes.
- d) Prevención y reducción de la contaminación
En este punto nos alarma que las dos alternativas presentadas en el proyecto conllevan el riesgo altamente probable de vertidos de crudos a los espejos de agua de los ríos Ñirihuau y Limay y del lago Nahuel Huapi. También se transgreden leyes y normas sobre la protección ambiental, áreas protegidas, desarrollo sustentable, defensa de los espejos de agua, planificación hidrológica, conservación del medio ambiente natural, de los cauces, lechos, playas y riberas, y otras muchas emitidas en salvaguarda de los derechos de conservación y preservación de los recursos naturales para las generaciones futuras, únicos propietarios de este legado. Cabe recordar que la cuenca a la que afectará este plan está inserta en un Parque Nacional como así también dentro de una Reserva de la Biósfera. No se evidencia vinculación del proyecto con el plan de gestión del Parque Nacional Nahuel Huapi. En cuanto al EIA vuestros parámetros expresan “El proceso de EIA deberá incluir como mínimo: pre-evaluación y caracterización de impactos; consulta adecuada y oportuna y proceso de difusión de información; examen de alternativas, en las que se incluye como opción la alternativa sin proyecto”. La consultora que realizó el EIA minimizó, por desconocimiento de la topografía, hidrología e idiosincrasia de la zona y sus habitantes, los impactos ambientales y sociales. Incurrió también en groseros errores como ubicar las estaciones de bombeo en propiedades privadas, figurando en dicho estudio como de dominio público que no es necesario expropiar el espacio previsto para la Estación de Bombeo General (catastro 19 3 D010 01 D, cuyo propietario es Horacio Herman) y para la Estación de Bombeo N 1 (catastro 19 6 790 500, actualmente lote en venta en la inmobiliaria Heidi Schneiter).
Estas inexactitudes son preocupantes porque además se indica que la descripción del lugar y del entorno de la ubicación de ambas EB han sido acordadas con el Área de Planeamiento de la Municipalidad de Dina Huapi y con el DPA. Reiteramos que en lo que respecta a información y consulta de la comunidad estas no fueron realizadas en tiempo y forma. Tampoco se tuvieron en cuenta alternativas más sustentables y amigables social y ambientalmente viables. Queremos dejar en claro que en la Audiencia Pública que se realizó pro forma el rechazo a dicho proyecto fue contundente, no participando de la misma un actor fundamental en cuanto a su opinión que es Parques Nacionales. Finalizamos manifestando, que si partimos de vuestros lineamientos expresados en las Políticas de Salvaguardias ambientales y sociales y en función por lo previamente expuesto en este escrito, queda claro que este proyecto tal como está formulado es inviable.