2021-03-24

NO SE PUDO ACREDITAR QUIÉN FUE EL AUTOR DEL DISPARO MORTAL

Tres años y seis meses de prisión por una muerte en medio de un tiroteo

Renzo Yamel Otoizaga había sido acusado el año pasado por homicidio y tentativa de homicidio, pero al completarse la investigación no fue posible establecer quién fue el autor del disparo mortal que acabó con la vida de Marcelo Rojas Salinas, ya que además de la víctima, otras tres personas tenían restos de pólvora en sus manos. Se declaró culpable de homicidio en riña y fue condenado a tres años y seis meses de prisión efectiva.

En octubre del año pasado, a horas del hecho en el que falleció Marcelo Rojas Salinas, Renzo Yamel Otoizaga había sido formalizado por homicidio y tentativa de homicidio, delitos que arrojaban una expectativa de pena de entre ocho y veinticinco años de prisión. Completada la investigación, la fiscalía propuso un juicio abreviado bajo la calificación de homicidio en riña y ofreció una condena de tres años y seis meses de prisión. Otoizaga aceptó, se declaró culpable y resultó condenado tras la homologación del acuerdo, que contó con el consentimiento de la defensa, a cargo de Ricardo Gonzaga.

El hecho investigado ocurrió el domingo 4 de octubre del año pasado, en horas de la madrugada, sobre la calle Eluney del barrio 136 Viviendas, en circunstancias en que se produjo una discusión entre varias personas que habitaban terrenos contiguos y luego siguió un intercambio de disparos.

Un proyectil calibre 38 atravezó la cabeza de Rojas Salinas de lado a lado, con ingreso por el parietal izquierdo, trayectoria ligeramente ascendente y orificio de salida en parietal derecho.

Las fracturas sufridas y la pérdida de masa encefálica determinaron su muerte instantánea.

Al momento de la formulación de cargos, la fiscal Betiana Cendón había atribuido a Otoizaga la autoría del disparo mortal, aunque completada la investigación, no pudo acreditar con certeza la situación.

Es que el propio acusado había dicho al momento de la formulación de cargos que sabía quién mató a Rojas Salinas, pero no lo iba a decir. En ese entonces, agregó "ellos se bajaron del taxi a los tiros, nosotros lo único que hicimos fue defendernos”.

Las autoridades policiales y judiciales que intervinieron en el hecho, acreditaron que se trató de un tiroteo entre los integrantes de dos grupos familiares, pero no fue posible determinar quien inició la agresión y el intercambio de disparos.

Además, según constancias del expediente, en las manos de Otoizaga y Rolando Navarro, como en las manos de la víctima y su acompañante menor de edad, se hallaron residuos de pólvora, por lo que evidentemente todos manipularon armas de fuego y efectuaron disparos.

Los jueces Bernardo Campana, Gregor Joos y Romina Martini, concluyeron que correspondía homologar la propuesta de juicio abreviado que las partes ofrecieron, detallando: "En cuanto a la autoría responsable de Renzo Yamel Otoizaga, podemos decir que no solo se cuenta con el reconocimiento liso y llano brindado por el acusado, sino que también existe evidencia sustancial que fue corroborada por la defensa. Hay un extenso número de testigos presenciales como así evidencia objetiva. No podemos dejar de mencionar los registros fílmicos como así los estudios científicos que comprobaron que existían en Otoizaga restos de deflagración de pólvora al igual que en la víctima, su hermano y el coautor Navarro".

Agregaron: "Nada de ello se encuentra controvertido. Además el resultado mortal se encuentra acreditado por el certificado de defunción y la causa del fallecimiento de la víctima está probada a partir del informe de autopsia y los testimonios. Además resulta que la calificación jurídica y la pena se ajustan a derecho. Los policías concuerdan en que hubo un enfrentamiento armado entre dos grupos antagónicos sin que se pueda afirmar quién comenzó el evento. También está probado que Otoizaga durante dicho enfrentamiento disparó un arma hacia los hermanos Salinas al igual que su acompañante Navarro, evento en el cual se produjo el resultado mortal".

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