EN INSTANCIA DE IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
Vuelven a rechazar planteos defensivos de un condenado por tentativa de femicidio
El Tribunal de Impugnación de la provincia rechazó la impugnación extraordinaria que intentó el defensor oficial de Martín Enrique Pardo, condenado por tentativa de femicidio y otros delitos menores, y al hacerlo volvió a ratificar la sentencia que le impuso diez años de prisión.
Los jueces Adrián Zimmermann, Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambí, dictaron la resolución sobre el cierre de la semana pasada y publicaron el fallo en la web del Poder Judicial. En la resolución, rechazaron la impugnación extraordinaria intentada por el defensor oficial Nelson Vigueras, en representación de Martín Enrique Pardo.
Pardo fue acusado por un hecho ocurrido el 22 de febrero de 2019 en horas de la madrugada en una vivienda del barrio Arrayanes y en un descampado lindero. La víctima fue su pareja, una joven con la que tiene una hija en común, y un grupo de personas de su entorno que intentaron defenderla y también resultaron agredidas.
Según describió el fiscal Martín Govetto ante la jueza Romina Martini y los jueces Marcos Burgos y Sergio Pichetto, tras golpear a la víctima en el rostro la tomó del cabello y la arrastró hasta un barranco ubicado a pocos metros de la precaria vivienda que compartían, para arrojarla hacia abajo, mientras le repetía “te voy a matar”.
Pardo, también se valió de un trozo de hierro usado para la construcción y piedras, con las que golpeó a la mujer y a las personas que intentaban defenderla, hasta que arribó la policía al lugar y se escabulló. Más tarde fue detenido.
Según reveló un testigo, Pardo tenía antecedentes por consumo de sustancias y fármacos y no podían detenerlo el día del hecho, mientras agredía a la mujer. Solo la presencia policial hizo que se alejara de la escena, mientras varias personas y personal médico que había arribado al lugar junto a la policía intentaban asistir a la víctima, que estaba bajo un severo cuadro de confusión, probablemente, a raíz de los diversos golpes que sufrió en la cabeza y en toda su anatomía.
Los jueces Marcos Burgos, Romina Martini y Sergio Pichetto le impusieron diez años de prisión tras declararlo responsable por el hecho y más tarde la defensa intentó una impugnación ordinaria que fue rechazada por el Tribunal de Impugnación. En consecuencia la defensa insistió con la impugnación extraordinaria, pero el planteo volvió a ser rechazado tras un análisis de cada uno de los argumentos desarrollados por el defensor.
Los jueces analizaron uno a uno los argumentos y concluyeron que “el impugnante omite controvertir de forma concreta y razonada los fundamentos de este Cuerpo, y por tal motivo, la impugnación analizada -en cuanto expone discrepancias subjetivas- carece de verosimilitud a los fines de habilitar la vía intentada pues omite explicar de forma clara y concreta de qué modo se habrían vulnerado, en este caso, las mandas constitucionales que invoca, pues la sola mención de sus preceptos es insuficiente para la debida fundamentación de la impugnación cuando se omite desarrollar el razonamiento específico que demuestre la incompatibilidad de la cuestión planteada con aquéllos. Conforme a lo anterior, la impugnación deducida carece de una presentación plausible del supuesto de arbitrariedad de sentencia y de las afectaciones constitucionales y convencionales que se denuncian”.
*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, comunicate al 144, es una línea telefónica nacional gratuita que brinda contención, información y asesoramiento.
Mariano Colombo