PRÓRROGA DEL CATEDRAL
Barberis a concejales del Frente de Todos: “es un yerro jurídico e improcedente que vuelva al Concejo Deliberante”
Los ediles opositores habían impulsado y requerido al Ejecutivo que el convenio que da continuidad a Catedral Alta Patagonia como concesionaria de la montaña y su acta complementaria, sea remitido al actual Concejo, según el artículo 38 inciso 7 de la Carta Orgánica Municipal (COM).
El jefe de Gabinete municipal, Marcos Barberis, respondió en forma cruda a los concejales del Frente de Todos (FDT), mediante una nota que ingresó al cuerpo legislativo esta semana, en lo que hace a la prórroga del contrato de concesión del cerro Catedral.
“Si la pretensión es que se remita el referido convenio, a los efectos y con el alcance del artículo 38 inciso 7 de la Carta Orgánica, con el debido respeto debo señalarle, que la petición de los concejales del Frente de Todos, no se encuentra debidamente sustentada en el derecho vigente”, expuso.
Dicho artículo está dentro de los deberes y atribuciones del Concejo Municipal y el inciso mencionado por el funcionario, autoriza al cuerpo a validar “empréstitos, convenios, concesiones o adhesiones a las leyes nacionales o provinciales, con la aprobación de los dos tercios del total de sus miembros”.
Barberis recordó que la COM atribuye al Deliberante, la facultad de aprobar convenios y concesiones y que en 2018, dicho cuerpo aprobó y autorizó el contrato de prórroga y readecuación del cerro Catedral. Menciona que en los dos años transcurridos se han hecho planteos judiciales, para invalidar dicha ordenanza, sin que esto se haya logrado y que por eso, el Ejecutivo, debía cumplir con la norma y actuar en consecuencia, por lo que el pasado 2 de junio se terminó efectivizando el acuerdo.
“Es por ello, que pretender ahora, que el convenio vuelva al Concejo Deliberante resulta un yerro jurídico que inevitablemente debo señalar”, consideró el funcionario, quien entiende que el convenio suscripto por el intendente Gustavo Gennuso, fue autorizado por ordenanza y que las “manifestaciones realzadas en el acta adjunta, son un reconocimiento de la realidad imperante al momento de la firma del contrato”.
“El natural corrimiento de los plazos de ejecución del convenio, no incluyó el plazo de finalización de la concesión, ni tampoco el plazo en que debe estar finalizado el Plan de Modernización, por lo que no se ha alterado ningún aspecto esencial del plexo normativo y contractual”, aclaró.
Por lo expuesto, el gobierno municipal entiende que no es procedente volver a reeditar la cuestión en el Deliberante, porque significaría volver al punto inicial sin razones, “desprestigiando y desvalorizando la ardua tarea institucional realizada y poniendo en riesgo el patrimonio del municipio, ante el supuesto de algún reclamo por incumplimiento de parte del concesionario”.
“Es por todo lo expuesto, que es improcedente e inoportuna la pretensión del bloque del Frente de Todos, de que se le vuelva a dar tratamiento del tenor artículo 38 inciso 7 de la Carta Orgánica, en cuanto atenta contra el principio de buena fe, diligencia y responsabilidad que debe imperar en los contratos”, expuso Barberis.
Por Diego Llorente