A 10 AÑOS DE LA MASACRE
17 de junio de 2010, balas y muertes en una ciudad que vivió horas dramáticas
Hay con total seguridad infinitas formas de abarcar el recuerdo de los trágicos hechos ocurridos el 17 de junio de 2010 y de encontrar su génesis y su explicación, pero solo una de lamentar las consecuencias. “Ninguna protesta social puede justificar, por violenta o irregular que sea, los excesos represivos o punitivos del Estado”.
“Los excesos son literalmente excesos, y por tanto injustificables. Así, justamente, utilizar postas de plomo para disuadir una protesta como la del caso -por caótica que haya sido- fue un exceso repudiable ante la falta de una agresión de igual tenor por parte de los manifestantes.”
La síntesis pertenece a uno de los párrafos finales de la sentencia que dictaron los jueces Marcelo Barrutia, Emilio Riat y Juan Lagomarsino, a más de ocho años de los trágicos sucesos, cuando condenaron a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos y utilizar armas al exsecretario de Seguridad de Río Negro, Víctor Cufré, a los exjefes policiales Jorge Villanova y Argentino Hermosa, y a los empleados policiales Darío Pil, Marcos Epuñan y Víctor Sobarzo, acusados de asesinar a Sergio Cárdenas. En las mismas circunstancias se produjo el asesinato de Nicolás Carrasco, aunque a partir de las dedicadas y minuciosas pericias practicadas, no fue posible determinar los nombres de los uniformados que gatillaron las armas y acabaron con su vida.
La violencia empezó en el Alto y se extendió hasta el Centro Cívico.
Aquel siniestro día, cerca de las 4.30 el cabo policial Sergio Colombil fue el autor del disparo que impactó en la cabeza del adolescente Diego Bonefoi, quien corría por delante del uniformado por un callejón del barrio Boris Furman y murió en forma inmediata.
Lo que siguió en cierto punto hasta fue lógico. Barrios completos hastiados del maltrato policial, por la discriminación y la falta de oportunidades, no tardaron en revelarse ante la autoridad policial.
Es que la noticia corrió como la sangre del chico de quince años ultimado a quemarropa, por la espalda, de manera injustificable.
Y entonces jóvenes y adultos, hombres y mujeres, rodearon la comisaría 28 y comenzaron a lanzar piedras, palos, que en realidad no eran piedras ni palos. Eran odio y bronca. Desahogo y gritos desesperados, desgarrados y rebeldes. Luego sucedió una descoordinada, desproporcionada y alevosa respuesta policial.
El dolor en el sepelio de los jóvenes asesinados.
Lejos de convocarse a personal especializado para responder a los tumultos o revueltas sociales y utilizar el armamento y equipamiento que la situación exigía, se convocó a policías de todas las dependencias, inclusive vestidos de civil y en el marco de una organización ciertamente anárquica, cada uno hizo lo que se le ocurrió. Y no faltó, por desgracia, al que se le ocurrió utilizar munición de plomo, letal, contra una treintena de manifestantes armados solo con bronca y piedras.
Ocho años, cinco meses y dieciséis días tardó la justicia rionegrina en dilucidar las responsabilidades que les correspondieron a cada uno de los policías acusados en las muertes de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco y las lesiones graves y leves que sufrieron Lucas Gallardo, Jorge Marillan, Patricia Santos, Jonathan Oses, Felipe Fusiman, Héctor Riquelme, Yamila Muena, Franco Saldivia, Rubén Mena, Sandro Bonnefoi, Ruth Mariqueo, Ramón Fernández y Matías Iberra, durante las horas que siguieron. Todo fue acumulado en un expediente de 27 cuerpos y más de 4.500 fojas.
El germen de la tragedia, fue la improvisación, desmesura e irracionalidad que imperó durante toda la jornada en las calles aledañas de la comisaría 28 del Alto de la ciudad, en el accionar de los uniformados y civiles que pertenecían a la fuerza policial.
Así se veía una de las calles de la ciudad.
Durante la jornada, cuando los hechos se parecían a una batalla campal, Cufré, Villanova y Hermosa, máximas autoridades de la policía en Bariloche, partieron hacia la ciudad de El Bolsón para celebrar un encuentro previamente agendado. Ante el recrudecimiento del conflicto, el comisario Hermosa ordenó telefónicamente el envío de efectivos correspondientes a diversas unidades de orden púbico en auxilio de la comisaría 28. Consecuentemente, a la presencia previa de la BORA y del personal de comisaría 2, se sumaron efectivos de la Unidad Regional Tercera, de la comisaría 27, de la subcomisaría 69, del Destacamento de Tribunales, de la Unidad Penal, de la Brigada Rural y de la Brigada de Investigaciones -estos últimos, de civil.
Por su parte, el secretario de Seguridad, Víctor Cufré, y el jefe de la Policía de Río Negro, Jorge Villanova, permanecieron en El Bolsón, donde cenaron entre las 20.30 y las 24 en el restaurante Ebénezer de la localidad de El Bolsón, sin regresar a la sede de la comisaría 28. Para los jueces que los condenaron, abordaron el conflicto con reiterada negligencia: primero, al abandonar la ciudad y perder la inmediatez y el control del operativo; después, al ordenar y consentir un operativo represivo absolutamente incompatible con un disturbio social como el suscitado.
En efecto, los tres más importantes referentes y garantes de la seguridad pública, encontrándose precisamente en la ciudad de Bariloche, epicentro de los disturbios y conflictos que se estaban sucediendo ese 17 de junio, no debieron en manera alguna abandonar el lugar para dirigirse a El Bolsón. Aquí estaba el conflicto más importante y urgente, una situación caótica y que previsiblemente se iba empeorando, que ameritaba sin lugar a dudas que la máxima cúpula de la seguridad y la policía se quedaran en la ciudad de Bariloche a dirigir, controlar y supervisar la situación extrema de violencia y desorden. Por el contrario, se agravó la situación al convocar en forma indiscriminada a policías que no tenían ni la preparación ni la experiencia para afrontar el caso, dando así lugar al uso de la fuerza pública de una manera desmedida, irracional y desproporcionada, la portación de escopetas por parte de personal que no había realizado previamente el curso de escopetero, la utilización de proyectiles Propósito General (PG), la concreción de disparos con la armas referidas sin la realización del necesario rebote previo en el suelo.
El exceso de la policía desató la ira.
La sentencia que dictaron los jueces contra los jefes y empleados policiales, concluyó que las muertes y lesiones se produjeron por la adopción de un procedimiento incorrecto dispuesto y consentido por las autoridades policiales -Hermosa y Villanova- y política -Cufré-, ya que ese desacierto negligente produjo un riesgo no permitido que se consumó en las muertes y en las lesiones.
“Se reitera que la intervención policial se produjo para disuadir una protesta social. Las protestas sociales forman parte de los derechos civiles y políticos, ya que implican el ejercicio de la libertad de expresión, del derecho de reunión y del derecho de peticionar a las autoridades, y cumplen un rol innegable en los sistemas democráticos, donde las expresiones políticas y sociales no se reducen al voto de acuerdo. Por supuesto que una protesta social violenta o incompatible con otros derechos sociales o individuales puede justificar la intervención disuasiva, proporcional y razonable de los agentes estatales. Ahora bien, cuando se justifica disuadir una protesta social deben intervenir los agentes capacitados para ello y, en cualquier caso, aplicarse fundamentalmente los procedimientos adecuados”, indicaron los magistrados en la sentencia condenatoria y agregaron “Aunque ante la insuficiencia del personal del grupo BORA, especializado en la tarea que aquel día ocurría, se dispuso un reclutamiento indiscriminado de otros efectivos no especializados en manifestaciones públicas y, peor aún, se los libró a su suerte sin sujeción a esas tácticas, ni a esos mandos. A la vez, se dispuso una recolección y un reparto anárquico de proyectiles, al punto de requerirlos casi temerariamente en préstamo a una empresa de seguridad privada que muy difícilmente podía tener los apropiados (antitumultos)”.
Los hechos acreditados
Una pericia desarrollada por Rodolfo Pregliasco y otros profesionales, permitió a través del cotejo de imágenes, de video y fotografías, la reconstrucción parcial de los hechos, con una exactitud impresionante.
Según la sentencia, pasadas las 16.20 del 17 de junio de 2010 dos grupos de policías ingresaron a la calle Oses, uno desde la esquina con Onelli y el otro desde Elordi. A mitad de cuadra quedó encerrado un grupo numeroso de manifestantes que les arrojaba piedras y en ese contexto ambos grupos policiales dispararon con escopetas 12/70 y 12/76, algunas con cartuchos con postas de plomo, y resultó herido de muerte el joven Nicolás Carrasco.
La represión llevó mucha angustia.
Esa misma tarde, a una cuadra de distancia, pasadas las 17.30 murió Sergio Cárdenas, en la calle Sobral, entre Onelli y Elordi. Fue atravesado por un proyectil de plomo que le ingresó al tórax tras un rebote. El joven estaba en el grupo contra el que “acometieron deliberadamente (...) ejerciendo violencia directa” los policías Pil, Epuñán y Sobarzo, quienes también portaban escopetas, algunas cargadas con postas de plomo.
La justicia acreditó que “tanto el personal policial que intervino en la maniobra que terminó con la vida de Nicolás Carrasco como el grupo que ocasionó la muerte de Sergio Cárdenas utilizaban de modo indiscriminado municiones de plomo y antitumulto”.
Todo ocurrió a un par de cuadras de la comisaría 28 de Bariloche, donde se habían enfocado las violentas protestas a raíz del homicidio del adolescente Diego Bonefoi, cometido horas antes por el efectivo policial Sergio Colombil.
Mariano Colombo