2020-05-11

LOS DETALLES DE LA RESOLUCIÓN MUNICIPAL

Habilitaron el ciclismo según el cronograma de salidas por DNI

Primeramente fue comunicado por Gustavo Gennuso, desde sus redes sociales, este lunes al mediodía. Luego se conocieron los detalles en la Resolución Municipal.

El intendente publicó en su cuenta de Instagram: “Nos reunimos hoy con varios referentes para reglamentar en nuestra ciudad la actividad de ciclismo y estamos trabajando para reglamentar otras actividades deportivas”.


El encuentro entre el intendente y Vanesa Indulski, Martín Raffo, Ignacio Acuña y Cristian Ranquehue. (Foto: Facebook Gustavo Gennuso)

“Podés salir a andar en bicicleta, pero está prohibido juntarte para realizar esta actividad, los días para salir son según cronograma de número de DNI”, informó el intendente.

Remarcó que es obligatorio el uso de tapaboca y se debe guardar una distancia mínima de 10 metros entre bicicletas.

“Si vemos que esta actividad afecta la demanda de nuestro sistema de salud nos vamos a ver obligados a cerrar la actividad nuevamente”, finalizó.

La Resolución publicada por el municipio

Se establece que la actividad del ciclismo deportivo podrá realizarse de acuerdo al siguiente cronograma: las personas cuyos DNI o pasaporte finalizan en números impares, podrán realizar la misma, los días lunes, miércoles y viernes, y las personas cuyos DNI o pasaporte finalizan en números pares, podrán hacerlo los martes, jueves y sábados.

A los efectos del cumplimiento de dicho cronograma, los ciclistas deberán presentar su DNI y/o pasaporte cuando se lo requiera alguna de las fuerzas provinciales y/o federales que controlan el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En el caso de las salidas de menores de 12 años, los mismos deberán ir acompañados por un mayor, siendo éste quien debe respetar el cronograma según DNI y/o pasaporte.

También se menciona la utilización obligatoria para todos los ciclistas (mayores y menores) mientras realizan la actividad, de protección naso bucal de distinto tipo y/o cubreboca, incluidos los de fabricación personal, que cumpla con las características de protección dispuestas por la autoridad sanitaria.

Asimismo, se fija la obligatoriedad de mantener una distancia mínima de 10 metros con cualquier otro peatón y/o ciclista que circule por el lugar.

El dictamen resalta que en el caso de que dicha actividad comprometa de algún modo el sistema de salud ciudadano, público y/o privado, se dejará sin efecto la adhesión dispuesta, prohibiendo la actividad de ciclismo en cualquiera de sus modalidades.

Serán notificados los centros de salud de la ciudad, públicos y privados, a los efectos de que informen a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, cualquier atención médica que deban hacer en virtud de la actividad que por esta Resolución se autoriza.

Finalmente el escrito señala que se impone de los términos de la Resolución a los Juzgado Penal Federal y Penal Provincial y a la Fiscalía Federal y Provincial, como así también a todas las fuerzas de seguridad que se encuentran controlando el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

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