ANALIZÓ LA SITUACIÓN DE LA OCUPACIÓN ILEGAL DE TIERRAS EN BARILOCHE
Defensora del Pueblo habló de las tomas de terrenos y se mostró contraria a “la criminalización de vecinos”
La abogada Beatriz Oñate elevó una resolución a la Comuna local, al Instituto Municipal de Tierra y Vivienda, y a la Fiscalía que interviene en los casos de ocupaciones. Se refirió a la necesidad de planificación, ejecución e implementación de políticas para eliminar obstáculos que impiden acceder a una vivienda digna.
Cabe recordar que, hoy, solo queda una de las siete tomas que se registraron el mes pasado en distintos puntos de la ciudad. Luego de las denuncias radicadas, tomó intervención la Fiscalía a cargo de Tomás Soto.
La única toma que sigue en pie, pese a haber sido notificada, el pasado lunes 17, en el marco de una maratónica jornada en la que la totalidad de los “okupas” fueron imputados, es la del barrio San Francisco IV, entre calles 1 y 7.
Ese grupo de familias se plantaron en su reclamo -continúan en el lugar- y se convirtieron en el último bastión rebelde de “okupas”. El resto se retiró de manera voluntaria de los lotes tomados.
Respecto de esta penosa e ilegal situación, que ocupó la atención de los medios de comunicación y de la opinión pública, la defensora del Pueblo dialogó con El Cordillerano.
“Nuestra recomendación busca hallar una solución, evitando criminalizar la pobreza y a los vecinos. No creemos que sea el camino la estigmatización”, dijo Oñate. “Creemos que es necesario trabajar en términos preventivos con programas, planes y proyecciones”.
Por otra parte, habló de la necesidad de diseñar en la planificación para el acceso a una vivienda digna, “no simplemente darles un lote retirado, sin servicios en la periferia”, explicó.
Para la defensora del Pueblo es fundamental que se articulen resultados a través de un relevamiento. Tiene que ir de la mano de políticas activas con el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda y la cartera provincial del área, el IPPV.
“Nos queda seguir trabajando con el Instituto Municipal. Mucha gente se inscribió allí pero el Estado no pudo llegar y muchas de esas personas, no supieron cómo llegar al Estado”, analizó Oñate.
Colisión de derechos
A poco de iniciado este 2020 la avalancha de tomas en distintos puntos de la ciudad, llevó a que la Defensoría redactara una resolución. Hablamos de familias que ocuparon terrenos de dominio público y privado en los barrios: San Francisco IV, Omega, Vivero y otros, con la finalidad de tomar posesión de ellos y edificar asentamientos informales.
La citada resolución (N° 000002/2020), citó a la Constitución Nacional; la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Convención Americana de Derechos Humanos; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores; la Constitución de la Provincia de Río Negro; y por último la Carta Orgánica Municipal.
Tuvo en cuenta que “en el juego de prerrogativas colisionan el derecho de propiedad que poseen los propietarios de las tierras, frente al reclamo por parte de las familias que irrumpen en dichos lotes, fundadas en la necesidad de acceso a la vivienda y su situación de vulnerabilidad, marginalidad y hacinamiento; que empujados por tales circunstancias se ven urgidos de adoptar medidas drásticas”.
La fiscalía instruyó a las familias al cese inmediato de las ocupaciones o atenerse a la intercesión de la fuerza pública e inició las correspondientes medidas penales, para imputar a las personas presuntamente responsables de ejercer la ocupación de manera ilegal.
“El quid subyacente es realmente complejo, por cuanto el eje del problema no se agota en un proceso criminalizante, por el cual se etiqueta y estigmatiza a las personas inmersas en calidades de vida precarias en ilegales”, destacó la resolución.
Sin ánimo de avalar una ocupación ilegal de tierras, analiza que “dichas personas han transitado, muchas de ellas, largos períodos de búsqueda de acceso equitativo a la tierra. Lo cual ya sea por su condición social, por sus necesidades básicas insatisfechas, o por el contexto de desocupación y desempleo imperante, se ven imposibilitados tan siquiera de pensar en acceder a una condición financiera que les permita acceder al mercado inmobiliario”.
“La dignidad humana, como norte”
Para la Defensoría del Pueblo, los conflictos suscitados, deben ser considerados “desde una óptica más socializadora y humanizante, donde la dignidad de la persona humana sea el norte para así encontrar soluciones respetuosas de la calidad humana, y entendiendo la problemática social de falta de acceso a tierras y vivienda digna, con un criterio que permita garantizar dicha posibilidad de calidad de vida en nuestra ciudad”.
Convocó además a “pensar acciones positivas por parte del Estado Municipal, tales como líneas de programas y estrategias que permitan lograr el acceso efectivo a viviendas, por parte de los sectores sociales hallados en mayor grado de exclusión, pobreza y situación de vulnerabilidad, es primordial”.
Para abordar dichas temáticas es que, mediante la Ordenanza 1815-CM-08, se crea el Instituto Municipal de Tierras y Vivienda para el Hábitat Social, que entre sus principios generales en el artículo 3, inciso a, indica: “Contribuir al acceso a la vivienda digna de todos los habitantes de San Carlos de Bariloche, que estén imposibilitados por razones económicas y sociales de acceder a la misma, por cualquiera de los medios regidos por el sector privado y que requieran de la participación del sector público para lograrlo”.
A consecuencia de tales eventos y en función del déficit habitacional, la desarticulación y falta de presupuestos ejecutados desde los diferentes estamentos del Estado, en materia de vivienda, “corresponde que esta Defensoría del Pueblo realice un análisis integral de las normas que resultan aplicables a la cuestión”.
Subraya que “el acceso a una vivienda digna es un derecho humano que, como tal, ha sido ampliamente reconocido a nivel nacional e internacional. La Constitución de la Nación Argentina lo apunta en el artículo 14 bis; por su parte la Constitución de la provincia de Río Negro consagra en su artículo 31, inciso 3 la protección de la familia (y en forma implícita y vinculado con ello, la vivienda), mientras que en su artículo 40, inciso 8, expresa que es un derecho del trabajador: “A una vivienda digna, procurando el Estado el acceso a la tierra, al título de propiedad correspondiente y a la documentación técnica tipo para la construcción, conforme lo determina la ley”.
La resolución
Por todo esto la Defensoría del Pueblo de San Carlos de Bariloche resolvió “recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal para que arbitre todos los mecanismos a su alcance y de manera articulada y conexa con el Estado Provincial, Nacional y con otros actores públicos y privados pertinentes, para la planificación, desarrollo, ejecución e implementación de medidas, programas, proyectos, políticas y estrategias, para eliminar los obstáculos que impiden hacer efectivo el derecho a la vivienda digna y adecuada en un plazo razonable”.
Recomendó al Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social que “adopte en forma inmediata todas las medidas necesarias para brindar un relevamiento técnico y articular solución habitacional adecuada e integral de las familias que participaron en dichos acontecimientos. Resguardando su dignidad y evitando criminalizar sus acciones tendientes a procurar el acceso a viviendas dignas”. Poner en conocimiento de la Unidad Fiscal Temática N°1, sobre la resolución.
Julio Luzuriaga