2019-10-23

ACCEDIÓ A UNA PROBATION

Evitó el juicio por homicidio culposo en siniestro vial

 

El juez Bernardo Campana aceptó la propuesta de la Fiscalía y la Defensa y concedió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba a Walter Alejandro Muñoz (33), por el homicidio culposo agravado de Norma Soledad Navarro Oyarzo (37), ocurrido en la madrugada del 6 de mayo pasado, a la altura del kilómetro 5,300 de la Avenida Bustillo. El acusado conducía una motocicleta en paupérrimo estado de conservación, ebrio y sin carnet habilitante y provocó un siniestro en el que falleció su acompañante.

El proceso contra Muñoz, quedó suspendido por un plazo de dos años, y el acusado deberá respetar ciertas condiciones establecidas entre la defensa y la Fiscalía para quedar eximido de su responsabilidad penal por el hecho que le imputaron, bajo la figura de homicidio culposo agravado.

Según la acusación de la fiscal Betiana Cendón el imputado conducía una motocicleta marca Motomel en sentido este-oeste, habiendo consumido bebidas alcohólicas previamente, sin tener carnet habilitante para manejar ese tipo de vehículos y acompañado por la víctima.

A llegar a la zona del kilómetro 5,300 aproximadamente de la avenida Bustillo y producto de conducir la motocicleta con la cubierta trasera en malas condiciones y desinflada, ambos ocupantes se cayeron, provocando la muerte instantánea de la mujer, que no llevaba casco.

Minutos antes del suceso, el imputado se detuvo en una estación de servicio ubicada en avenida Bustillo al 3,800, para inflar el neumático y seguir transitando.

Según describió la Fiscalía, su accionar fue negligente y antirreglamentario, ya que condujo la motocicleta bajo los efectos del alcohol (0,92 gramos de alcohol por litro de sangre), en un vehículo que no estaba en condiciones, con un neumático que ya no tenía vida útil para circular.

La Fiscalía sustentó la acusación en diversos elementos probatorios colectados, entre los que destacó actas de procedimiento policial y de control de alcoholemia, informe de autopsia, declaraciones testimoniales e informes de peritos, criminalística y el registro de cámaras de seguridad que captaron el recorrido de la motocicleta en los momentos previos al siniestro. Al momento de la formulación de cargos, se había otorgado un plazo de cuatro meses para completar la investigación.

Cerca del vencimiento del plazo, las partes se presentaron ante el juez Bernardo Campana para requerir la suspensión del proceso a prueba, ofreciendo el acusado la realización de cien horas de tareas comunitarias, el pago de una reparación económica de cincuenta mil pesos a pagar en tres cuotas y una auto inhabilitación para conducir vehículos por un plazo de cinco años.

Además, el acusado deberá respetar por el plazo de la suspensión del proceso, algunas pautas de conducta de rigor. Si así lo hace y cumple todas las condiciones impuestas, quedará definitivamente sobreseído en la causa por homicidio culposo que se le sigue.

Mariano Colombo

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