2019-09-27

FUERON SOBRESEÍDOS POR LA PORCIÓN MAS GRAVE DE LA ACUSACIÓN

Intendente y funcionario irán a juicio en causa por obras de la bicisenda de Dina Huapi

El juez Bernardo Campana dispuso el sobreseimiento de Danilo Rojas y Carlos Morazzani en orden al delito de peculado -el más grave que les atribuían- y que implica el desvío de fondos públicos para beneficio propio o de terceros, pero autorizó la realización del juicio por una porción de la acusación que incluye otros delitos menores. La causa está relacionada a la construcción de la segunda etapa de la bicisenda de Dina Huapi.

El fiscal del caso Guillermo Lista presentó la acusación en contra del Intendente de Dina Huapi Danilo Rojas y a quien se desempeñaba como Secretario de Obras Públicas, Carlos Morazzani, por los hechos referidos a la gestión de la segunda etapa de la bicisenda Ruta 40 de esa localidad. Al hacerlo solicitó la apertura de la etapa de juicio, que fue concedida por el juez Bernardo Campana.

Según la acusación, habrían ordenado la contratación directa de una misma empresa; estableciendo tres etapas con el único fundamento de sectorizar dicha acción para no superar el monto que una ordenanza municipal exige, para la realización de un concurso de precios.

En la acusación, se describió además que se omitió suscribir un contrato en el que se pudieran plasmar las particularidades de la contratación, con la consecuente posibilidad de ocasionar un daño o perjuicio a la administración, por falta de certidumbre jurídica.

Asimismo, según la acusación, los imputados en su carácter de Intendente de Dina Huapi y ex- Secretario de Obras Públicas, en forma respectiva, tuvieron a su cargo la compra de hierros para la segunda etapa de la Bicisenda Ruta 40 de Dina Huapi, estando acreditado que los materiales de mención no han sido destinados para la obra en cuestión. Información que surge de la memoria descriptiva y que demuestra que ésta obra no lleva hierros.

Agregó el fiscal Lista en su acusación que "se puede inferir que los materiales comprados y abonados por el municipio de Dina Huapi, conforme transferencias bancarias electrónicas obrantes en el expediente, no habrían tenido como destino la obra sobre la que se pretendió justificar el gasto.

Se le habrían asignado a tales materiales un uso distinto por el que debían ser administrados y utilizados como marca la ley. Además de no cumplir con la formalidad exigible para toda contratación de una obra pública, ya que únicamente se solicitó un presupuesto que directamente fue aceptado y sin más se realizó la obra".

La conducta atribuida a los imputados, encuadra en los delitos de abuso de autoridad (pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación) y malversación de caudales públicos (pena de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos y posibles multas) y serán juzgados por un tribunal unipersonal.

Paralelamente, a instancias del pedido de la defensa, el juez Bernardo Campana decretó el sobreseimiento de Rojas y Morazzani en orden a una porción de la acusación, que atribuyó el delito de peculado, una de las especies de malversación de caudales públicos que implica aquellas maniobras en las que los funcionarios desvíen en su beneficio o el de terceros, el dinero que sustrajeren de la administración pública y que le hubieren sido confiados en razón de su cargo.

De esta manera, el intendente fue sobreseído total y definitivamente de la acusación más grave que recayó sobre él. “Se demostró que no nos robamos nada” indicó el jefe comunal.

Mariano Colombo

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