2019-05-22

EL CONCEJAL DANIEL GONZÁLEZ SE COMPROMETIÓ A PROPICIAR UNA ORDENANZA

La necesidad de contar con una regulación para el vuelo de drones sobre Bariloche

El manejo de los drones está reglamentado a nivel nacional y por su uso indebido existe la aplicación del régimen de faltas aeronáuticas, según la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). El tema surge a partir de que en el día de ayer se divisó un drone en el espacio aéreo de Lomas de Monteverde y la semana anterior otro sobre las casas del barrio Belgrano. Existen aparatos de este tipo que son juguetes y otros que son profesionales.

La ANAC dispone distintas sanciones para el uso ilegal de drones, van desde multa e inhabilitación hasta la aplicación del Código Penal en los casos que corresponda. En Bariloche no existe ordenanza de regulación alguna. Consultado al respecto el edil Daniel González (PRO) dijo que “es un tema que merecería ser normado, ya que con los drones se puede invadir la privacidad de las personas, causar accidentes, usarlos como modo de espiar viviendas para perpetrar un delito y con algunos de estos aparatos de última generación hasta causar algún atentado”.

El concejal se comprometió a estudiar las especificaciones vigentes con la finalidad de que Bariloche reglamente o adhiera a las disposiciones nacionales, ya que “volar seguro” es la premisa de toda actividad aérea; también cuando se trata de los vehículos aéreos no tripulados, como los drones.

La Administración Nacional de Aviación Civil es la autoridad aeronáutica de la Argentina y como tal se encarga de aplicar el Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos no Tripulados (527/2015) así como el Régimen de Faltas Aeronáuticas previsto en el Decreto 2.352/83 a quienes infrinjan la normativa en la materia.

El piloto a distancia, al igual que el de la aviación tradicional, es el responsable de su conducción y maniobra. Por ello, se ha establecido, a nivel nacional, la responsabilidad de quienes lleven a cabo operaciones de este tipo, incluyendo la que respecta a daños y perjuicios que puedan provocar a terceros durante sus operaciones, de acuerdo a lo previsto en el reglamento vigente. Pero haría falta una reglamentación en esta ciudad con la finalidad de tener controles más específicos.

Si bien la ANAC fiscaliza el uso de los vehículos aéreos, lo constata y, en caso de corresponder, sanciona su uso irregular, siendo pasible quien incumpla con la normativa vigente de ser sancionado con apercibimiento, multa o inhabilitación -temporaria o definitiva- según corresponda e incluso retiro de autorizaciones, seguramente no puede abarcar con sus controles todas las ciudades del país.

Sin lugar a dudas la seguridad operacional y el resguardo de terceros son los pilares fundamentales de cualquier operación aérea. Actualmente, la ANAC trabaja en la evaluación de diversos prestadores de servicios para instalar inhibidores en los aeropuertos que impidan el uso de vehículos aéreos pilotados a distancia sin la debida autorización.

La compra de uno de estos dispositivos pone al usuario frente a una importante cantidad de modelos a elegir. El uso que se le va a dar es el primer paso para elegir sabiamente. Puede ser usado como una herramienta de trabajo o como un juguete, la compra de un drone puede ser un poco complicada debido a la importante variedad de modelos que se pueden adquirir en el mercado.

Los modelos más económicos pueden volar alrededor de diez minutos, por lo que siempre es recomendable llevar una batería de repuesto. Por su parte, suelen tener una distancia de control que ronda entre los 50 y 100 metros.

Ahora bien, si el usuario se decide por un drone de gama media o alta, la duración de la batería ronda entre los 20 y 30 minutos. Además, pueden alcanzar altitudes de vuelo de 500 o más metros. Es necesario también conocer que tarde o temprano, todo drone necesita ir al mecánico. Ya sea por un golpe o el desgaste propio del uso cotidiano, llegará el momento donde habrá que realizar una reparación o cambio de piezas, con la finalidad de otorgar seguridad.

La cámara que portan los drones es un aspecto que hay que analizar en profundidad, siempre teniendo presente el fin que se le vamos a dar al dispositivo. La mayoría de los drones incluyen cámara, pero no todos tienen la función de transmitir en directo, algo fundamental si se desea volar a grandes alturas, con la correspondiente autorización.

Requisitos básicos para volar un drone en Argentina

A) Registrar el drone ante el Registro Nacional de Aeronaves de la ANAC.

B) Tener más de 18 años; o si tenés 16 y 17 años deberás estar acompañado y supervisado por un adulto responsable al momento de la operación.

Para operaciones con fines comerciales: 1) Solicitar ante la ANAC la autorización como “miembro de la tripulación remota”, mediante la aprobación de una evaluación teórico-práctica. 2) Contar con un certificado de aptitud psicofisiológica. 3) Contratar un seguro de responsabilidad por los posibles daños a terceros durante la operación. 4) Contar con un manual de operaciones y un sistema de gestión de riesgos adecuado para operar (según art. 14 Reglamento Provisional). 5) Contar con una placa identificatoria inalterable fijada en su estructura. 6) Prohibido en la zona de aeropuertos, aeródromos y helipuertos: se exige conservar una distancia de 5 kilómetros respecto a las pistas. 7) Prohibido en zonas densamente pobladas o sobre aglomeraciones de personas. 8) Además, la operación del drone debe realizarse en un espacio aéreo segregado: a no menos de 30 metros de distancia en relación a personas o cosas ajenas a la operación, no más de 122 metros de altura y a partir de 10 metros en la vertical. En el caso de querer operar en zonas limitadas, el piloto tiene que hacer un pedido especial ante la ANAC.

jcmontiel@elcordillerano.com.ar

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