COMENZARON LAS NEGOCIACIONES
El debate que se viene en el Concejo: la renovación de la Junta Electoral Municipal
El próximo 31 de marzo, los tres integrantes de la Junta Electoral Municipal finalizarán sus mandatos y la designación de los reemplazantes es netamente política. Ya hay charlas en el seno del cuerpo legislativo municipal.
Actualmente, la Junta Electoral Municipal está integrada por Barbara Figueirido, Ángel Zohil y Karina Chueri, quienes fueron nombrados y votados por el anterior Concejo Deliberante.
Sus mandatos vencen el último día de marzo y se espera que en alguna de las primeras sesiones ordinarias del 2019, se elija a los reemplazantes. Como en cada oportunidad, el nombramiento de los integrantes de dicho organismo, es netamente político. Es decir, por acuerdo de los concejales de turno.
Y por lo general, los designados responden a algún espacio político. De hecho, cuando fueron encomendados en el cargo, Figueirido respondía al partido SUR, Zohil al entonces Frente Grande (hoy sería una rama de Juntos Somos Bariloche) y Chueri al Frente Para la Victoria.
¿Cómo se los elije? En privado, los concejales tejen acuerdos, se reparten los lugares y después lo llevan a la mesa de sesiones. Allí, se finaliza con el trámite y se vota a mano alzada sin mayores inconvenientes.
Con el puesto del defensor del Pueblo sucede algo similar, con la diferencia que allí se abre un registro de candidatos, que deben someterse a una audiencia pública. Sin embargo, la decisión también es por voluntad política de los concejales de turno.
A raíz de que resta un mes y medio para que los integrantes de la Junta Electoral Municipal terminen su mandato, ya comenzaron las conversaciones inter bloques dentro del Concejo Deliberante. Aunque todavía no trascendieron los nombres de los posibles candidatos.
Es de esperar, que en el marco de un año electoral, existan negociaciones entre los partidos y que con más o menos tironeos, se logre un acuerdo que deje a todas las partes conformes (Juntos, FPV y PRO).
Las funciones
De acuerdo a lo que establece la Carta Orgánica Municipal, la Junta Electoral tiene como función confeccionar y depurar los padrones municipales y de juntas vecinales, organizar, dirigir y fiscalizar los comicios, juzgar su validez, realizar el escrutinio definitivo, determinar el resultado y proclamar los candidatos electos.
Asimismo, es su competencia juzgar las elecciones municipales y de juntas vecinales, atender los reclamos referidos a la inclusión en el padrón, justificar la omisión del deber de votar, oficializar las listas de candidatos y aprobar los modelos de boletas para las elecciones municipales y de juntas vecinales.
También deben decidir sobre reclamos e impugnaciones que se susciten con motivo del acto electoral, controlar la autenticidad de las firmas de quienes ejercen los derechos políticos, de iniciativa, referéndum y revocatoria, asegurando la gratuidad y requerir al Departamento Ejecutivo, los medios necesarios para el cumplimiento de su cometido, entre otras.