2018-11-29

RECHAZARON IMPUGNACIÓN DE LA DEFENSA

Confirman condena de siete años de prisión para un abusador

 

El tribunal de Impugnaciones de Río Negro, integrado por los jueces Adrián Zimmermann, Carlos Mussi y Miguel Angel Cardella, rechazó los planteos defensivos y confirmó la sentencia que condenó a un sujeto a la pena de siete años de prisión por el delito de abuso sexual agravado.

Se trata de un caso que fue resuelto el 21 de septiembre pasado (declaración de responsabilidad) y 16 de octubre de 2018 (imposición de pena). En ese caso el tribunal de juicio declaró responsable del hecho encuadrado en la figura de abuso sexual con acceso carnal, al acusado y le impuso la pena de siete años de prisión.

El hecho investigado ocurrió el 4 de junio de 2017 entre las 18.30 y 19.30, cuando el acusado sometió a la niña de por entonces 13 años de edad, abusando de una relación de dependencia ya que tenía 67 años de edad y había sido designado por la familia para que sea el padrino de la niña. Según la descripción del hecho, la tomó con fuerza de las manos, la condujo a la habitación, la mantuvo inmovilizada por la fuerza, la desvistió y la accedió sexualmente, amenazando a la niña con que algo peor ocurriría si contaba lo ocurrido.

Los jueces del Tribunal de Impugnaciones rechazaron los planteos defensivos al señalar que el sentenciante expresó sobrados argumentos en la sentencia, que dieron sustento a su conclusión y agregaron que la defensa incurrió en un doble efecto “por un lado, comete el error de cuestionar de modo parcial la ponderación de la prueba, sin hacerse cargo de que, como surge de la desestimación de los argumentos del alegato de clausura. Por otro, desatiende el requisito de fundamentación completa y suficiente pues no realiza una crítica integral del pronunciamiento impugnado en tanto no rebate todos los fundamentos en que se apoyó el Tribunal para realizar la reconstrucción histórica del hecho reprochado y arribar a la conclusión de culpabilidad, a cuyo efecto no basta sostener un criterio subjetivo de valoración distinto del expresado en aquel”.

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