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01/08/2025

Maltrato animal en Bariloche: un acuerdo económico derivó en el sobreseimiento del acusado

Gilberto Adán Jara estaba imputado por dos hechos de maltrato y crueldad animal. Acordó devolver uno de los perros, pagar 600 mil pesos y desistir del reclamo por otros cuatro. La fiscalía aplicó un criterio de oportunidad y cerró la causa.
El juez Juan Martín Arroyo homologó el acuerdo, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Jara por los dos hechos investigados.
El juez Juan Martín Arroyo homologó el acuerdo, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Jara por los dos hechos investigados.

Gilberto Adán Jara fue sobreseído en una causa por maltrato animal luego de que la fiscalía y su defensa llegaran a un acuerdo conciliatorio. El caso, que se inició a partir de una denuncia en septiembre de 2023 en San Carlos de Bariloche, incluía dos episodios que involucraban a una perra mestiza en condiciones de abandono y agresiones físicas captadas en video.

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El primero de los hechos ocurrió el 15 de septiembre de 2023, cuando, según la acusación, Jara golpeó reiteradamente a la perra y la suspendió con una cadena del cuello, impidiéndole escapar. El animal estaba atado con una cadena de poco más de un metro y medio en el patio de su casa, situación que se habría prolongado durante más de un mes.

El segundo hecho imputado tuvo lugar un año antes, en septiembre de 2022. En ese período, según la fiscalía, Jara no alimentó adecuadamente a otro can, que fue hallado con un nivel de adelgazamiento de grado 2 en una escala de 1 a 5, conforme lo constató la médica veterinaria que intervino en el caso. Ambos episodios fueron considerados en violación a la Ley Nacional 14.346 de protección animal.

Durante la investigación, los perros fueron entregados a hogares de guarda para garantizarles condiciones mínimas de bienestar. Ya en etapa intermedia del proceso, las partes alcanzaron un acuerdo: Jara entregó 600 mil pesos en concepto de gastos de manutención por el perro que había sido cuidado durante dos años por una vecina de Bariloche, y recuperó su tenencia. A su vez, desistió de reclamar la restitución de los otros cuatro canes, que quedaron de forma definitiva con sus cuidadores.

Ante este panorama, la fiscal Alejandra Bartolomé decidió aplicar un criterio de oportunidad previsto por el artículo 96 del Código Procesal Penal, al entender que el conflicto se había resuelto sin afectar el interés público, y que el acusado no contaba con antecedentes penales.

El juez Juan Martín Arroyo homologó el acuerdo, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Jara por los dos hechos investigados. También dispuso que se informe a la Dirección Nacional de Reincidencia y a la Policía de Río Negro que la resolución se dictó en el marco de una salida alternativa.

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