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12/11/2024

Procesaron y embargaron a uno de los líderes de la CGT por bloquear estaciones de servicios

La Justicia lo encontró responsable del delito de coacción en calidad de autor y dispuso un embargo sobre sus bienes o dinero hasta cubrir $8 millones.

La Justicia argentina ha dado un paso significativo en un caso que ha captado considerable atención en el ámbito laboral y judicial del país. Recientemente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional decidió revocar un sobreseimiento previamente otorgado a una figura prominente del sindicalismo argentino.

Se trata de Carlos Acuña, uno de los líderes de la Confederación General del Trabajo (CGT). Este nuevo giro legal pone a Acuña en la encrucijada del escrutinio público y legal, acusándolo de coacción durante un bloqueo de una estación de servicio, un asunto que comenzó en el agitado contexto laboral del año 2021.

Fue la Sala IV de la Cámara la que decidió que el procesamiento de Acuña debía ratificarse. Los jueces Julio Lucini y Pablo Lucero dieron su voto de aval para esta resolución, aunque contaron con una parcial disidencia del juez Ignacio Rodríguez Varela. Este fallo se presenta en un momento crítico, donde las tensiones sindicales y laborales suelen alcanzar picos significativos sobre todo en momentos de negociaciones paritarias. La medida adoptada por la Cámara también conlleva un embargo importante sobre los bienes o dinero de Acuña, calculando una suma que cubre hasta 8 millones de pesos. Este es un movimiento contundente que refleja la seriedad del procedimiento judicial en curso.

La historia que llevó a este litigio comenzó el 21 de diciembre de 2021, cuando Acuña, en asociación con un grupo de seguidores del sindicato al que representa, el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos (SOESGyPE), llevó adelante una protesta ruidosa frente a una estación de servicio de Shell, ubicada estratégicamente en la intersección de las avenidas Jujuy y México, en el mismísimo corazón de la Ciudad de Buenos Aires. La denuncia presentada por la propietaria de dicha estación señala que este grupo bloqueó el acceso al establecimiento durante varias horas de esa jornada, impidiendo de este modo que los trabajadores desempeñaran sus funciones.

 

 

Este bloqueo formaría parte de una secuencia de acciones planificadas por el sindicato, extendiéndose a otras localidades estratégicas como Vicente López, Lomas de Zamora y San Pedro. Un total de cuatro estaciones experimentaron similar modalidad de protesta, llevándolo a nuevos niveles, al producirse de manera simultánea en ubicación y tiempo. Según las declaraciones elevadas al expediente, los reclamos realizados por Acuña y su grupo de allegados excedían lo acordado en las normativas del convenio sindical y apuntaban específicamente a las estaciones de servicio integrantes de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), allá cuando las discusiones paritarias estaban en su momento más álgido.

A través del dictamen, los magistrados fueron firmes en sostener que las acciones emprendidas no podrían considerarse dentro del marco del legítimo derecho de huelga, categoría clave que hubiera podido proteger a los trabajadores bajo ciertas circunstancias legales genéricas. Sin embargo, dada la naturaleza coactiva del bloqueo, y el detallado plan para dañar la operación de las estaciones de servicio y alterar las deliberaciones salariales, la Cámara arguyó que tal protección estaba claramente fuera de contexto en este pleito.

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