CASO MICAELA BRAVO

| 07/03/2023

Fiscalía ya prepara impugnación contra la sentencia que anuló la condena de Angélica Paine

Fiscalía ya prepara impugnación contra la sentencia que anuló la condena de Angélica Paine

Aunque ante la consulta evadieron dar una respuesta oficial, los trascendidos marcan que tanto la fiscalía como la parte querellante en el caso, preparan sus argumentos para acudir ante el Tribunal de Impugnación con la intención de revertir el fallo que anuló la condena contra Angélica Paine. Para hacerlo, tienen un plazo de veinte días hábiles.

Vale recordar que Angélica Paine fue declarada culpable por el homicidio de Micaela Bravo, ocurrido en marzo de 2016 y la condenaron a la pena de doce años de prisión. Pero para los jueces del Tribunal de Impugnación de la Provincia que hicieron lugar a los planteos de la defensa y la anularon, la sentencia estuvo basada en estereotipos y en chismes barriales que en su mayoría provenían del mismo entorno de Micaela, careciendo de una mirada con perspectiva de género. "El cuadro indiciario valorado carece de capacidad para acreditar que Angélica Paine fue la autora material del delito de homicidio", habían concluido.
Según dijeron los jueces del TIP; "El fallo se amparó en el estereotipo de que Paine era una persona impulsiva, rencorosa, vengativa y violenta, y que es una persona decidida a concretar lo que se propone”, lo que a criterio de los jueces del TIP, "son calificativos que no forman parte de la figura típica imputada y ninguno de ellos encuentra prueba objetiva e independiente que motive esas afirmaciones”, en tal sentido señalaron que el agravio planteado por la defensa "patentiza este error judicial, por ausencia de perspectiva de género -entre otros que luego se desarrollan-, cuya consecuencia es no dar una fundamentación razonada y legal según nuestra base constitucional”.
Para los jueces del TIP, “los prejuicios y estereotipos discriminatorios obstaculizan una adecuada valoración de la prueba. Éstos consisten en una visión generalizada o una preconcepción sobre los atributos o características de los miembros de un grupo en particular o sobre los roles que tales miembros deben cumplir" y remarcaron que “pueden observarse contra las víctimas de los delitos, y también contra las personas a la que se las acusa de haberlo cometido. Además, pueden filtrar sesgos de género, por la función sexual, cultural y/o social de las mujeres (en este caso, como bien indica el defensor se presenta una “mala suegra”, que por tal característica tiene plena capacidad potencial de ser una asesina)”.
Y agregaron “en la tarea de tomar una decisión jurisdiccional la ley impone un modelo para apreciar las pruebas de un modo integral, que es la sana crítica. Esas reglas son las primeras en expulsar de su aplicación el chisme (es decir el comentario no verificado que circula entre la gente, generalmente de carácter negativo) y la simple opinión (que se refleja en una idea que una persona tiene o se forma acerca de algo o alguien). Se puede observar que el Tribunal juzgador en su sentencia admitió este tipo de información sobre la personalidad, actitudes y diagnóstico sobre Angélica Paine que son comentarios que contaminan el caso y de los cuales el fallo se hace eco sin la debida valoración según las reglas indicadas”.
Luego agregaron que “esas opiniones carecen de un dato objetivo que las corrobore, como una denuncia o exposición policial, antecedentes de peleas físicas o verbales, amenazas mostrando un arma, el aviso de un grave daño en su persona o familiar. No hay prueba directa, indirecta o indicio que indique que la acusada resolviera sus conflictos de un modo violento”.
En el fallo, los jueces habían apuntado que "los indicios son un modo de conectar las proposiciones expuestas en los hechos que luego construyen la prueba para acreditar la existencia del hecho base de la imputación. Se trata de un conductor entre un hecho probado y otro que no lo está, no es un medio de prueba porque por el indicio no ingresa información, sino que se trata de generar una inferencia (el conector)" y en esa línea describieron que a partir de una pericia "discutible en su confiabilidad", que fue tomada por válida por el tribunal de juicio sin que existan elementos de respaldo.
En tal sentido concluyeron que el fallo "se sustenta en algunos indicios secundarios sin corroboración y no resultan adecuados para tener por acreditada la acusación" y más adelante explicaron que "una inferencia representa un argumento o la afirmación de que hay una relación lógica entre dos proposiciones, que una proposición respalda a la otra y esto no sucede en el control de sentencia que se realiza".

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