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| 07/03/2023

Abusó de una mujer tras una juntada y le robó el celular: seis años de prisión

Abusó de una mujer tras una juntada y le robó el celular: seis años de prisión

Los jueces Romina Martini, Marcelo Álvarez Melinger y Ricardo Calcagno condenaron a un sujeto que había admitido su culpa, a la pena de seis años de prisión efectiva. Según el propio acusado admitió, tras una fiesta sometió a una mujer y le robó el teléfono celular.

El caso se resolvió mediante un acuerdo parcial, ya que, ante la evidencia reunida, el acusado procuró minimizar la pena que le correspondía cumplir, declarándose culpable del hecho que le reprocharon. En una segunda instancia se realizó una audiencia de cesura, en la que finalmente las partes coincidieron en reclamar una condena de seis años de prisión.

En la sentencia a la que accedió El Cordillerano, se identificó al acusado con las iniciales C. I. R. y fue acusado por un hecho ocurrido el 2 de noviembre de 2019, en cercanías de la intersección de las calles Soberanía Argentina y Elordi.

De acuerdo a la acusación, alrededor de las 6.30 de ese día, el acusado había compartido la velada en su domicilio junto a otras personas y cometió el hecho contra una de sus invitadas. Según detalló el fiscal Martín Govetto, todo ocurrió cuando la víctima se retiró del domicilio y el agresor la interceptó a pocos metros, exigiéndole que vuelva a su casa con él.

Pero ante la negativa de la mujer, la tiró al piso, en la vereda sobre calle Elordi, y comenzó a manosearla contra su voluntad y con violencia. Mientras ejercía violencia sexual y física contra la mujer, en medio de los forcejeos, amenazó a la víctima con agravar su agresión.

La mujer logró zafarse e intentó escapar, mientras era perseguida, al tiempo que logró comunicarse con el 911 Emergencias para pedir auxilio. En ese momento, el acusado le arrebató el celular y huyó por calle Elordi hacia Ruiz Moreno.

El hecho fue encuadrado en la figura de abuso sexual agravado con acceso carnal y robo simple.

Para sostener la acusación la Fiscalía encontró diversos elementos probatorios entre los que destacó el relato de la propia víctima, los testimonios del personal policial que la auxilió en el lugar del hecho, como así también de otros testigos y constancias médicas.

De acuerdo al detalle, esa madrugada el servicio Río Negro Emergencias (911) recibió dos llamados telefónicos anónimos que daban cuenta de la situación: el primero de un hombre que solicitó urgente intervención policial ante lo que parecía ser una pelea y una violación; y el restante, apenas un minuto después, en el que una mujer dio cuenta de una pelea de pareja en la parada de colectivo del lugar del hecho.

Además, el Cuerpo de Investigación Judicial elaboró un informe tras relevar las cámaras de seguridad del lugar y confirmó que se había logrado el registro de dos personas forcejeando en el piso.

Ante ese escenario, el defensor oficial Marcos Ciciarello no planteó cuestionamiento alguno y explicó que tras compulsar la prueba reunida en el legajo habló con su asistido y le transmitió que la mejor opción era declararse culpable y evitar un juicio convencional en el que podría quedar expuesto a una condena mayor.

Al ser informado sobre lo que estaba ocurriendo, el acusado admitió la comisión del hecho, su participación y culpabilidad.

En tal sentido, los jueces remarcaron que “el acuerdo propuesto por las partes debe ser aceptado toda vez que se ha enunciado la composición fáctica en la que tiene asiento la acusación y su encuadramiento legal. Además, tanto la autoría como la culpabilidad están reconocidas por la aceptación que realizó el imputado. Y la prueba que no ha sido controvertida por la defensa resulta útil y pertinente para acreditar tanto la existencia del hecho como la autoría del acusado en su comisión”.

Más adelante, las partes volvieron a reunirse en audiencia ante el tribunal y tras verificar que el acusado no tenía antecedentes penales ni causas en trámite, el fiscal Govetto solicitó la pena de 6 años de prisión a lo que adhirió el defensor Ciciarello.

Con ello, los jueces remarcaron que “teniendo en cuenta la calificación legal indicada al momento de declarar la responsabilidad de C., la escala penal a la que debemos ceñirnos es de 6 a 20 años de prisión. La propuesta de ambas partes es la de aplicar el mínimo de la escala. Tenemos en cuenta que, según nos indicaran las partes en sus alegatos, dicha pena forma parte del acuerdo al que han arribado. Convenio que, siendo legal, debe ser respetado por los magistrados”.

Remarcaron especialmente en un párrafo que “por el tipo de delito que juzgamos habremos de analizar la pena con perspectiva de género y, en esa línea, resaltamos que la fiscalía hizo saber que la víctima en ejercicio de su autonomía manifestó estar de acuerdo con ese monto de pena, ya que lo considera adecuado para su caso”.

 

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