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VILLA TRAFUL

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04/09/2022

Por golpear y amenazar de muerte a un jubilado, un guardafauna y un operario del EPEN fueron imputados

Por golpear y amenazar de muerte a un jubilado, un guardafauna y un operario del EPEN fueron imputados
Por golpear y amenazar de muerte a un jubilado, un guardafauna y un operario del EPEN fueron imputados

El pasado viernes, decretado feriado nacional por el intento de magnicidio que sufrió la vicepresidenta del país, Cristina Fernández, hubo una audiencia de formulación de cargos contra un padre y su hijo acusados de golpear salvajemente y amenazar de muerte a un jubilado de 77 años.

En la audiencia, en la que estuvo el juez Juan José Nazareno Eulogio, la fiscalía acusó a uno de los hombres, un guardafauna que presta servicio en Villa Traful y a otro que es empleado del EPEN. Ambos, padre e hijo, estaban denunciados por el salvaje ataque desde mayo del corriente año.

En dicha audiencia se trató sobre las presuntas responsabilidades que podrían caberle al hombre que cumple funciones como empleado del EPEN en dicha localidad. Por otra parte, como fueron denunciados por distintos delitos de acción pública, la querella del caso pidió que se les aplique prisión preventiva.

“A ambos se les atribuyó que el día 20 de mayo del año 2022, siendo aproximadamente las 09:30 horas, en circunstancias en que se encontraban en el sector denominado ‘La Casa de los Corrales’, de la localidad de Villa Traful, con intención de causar un daño en el cuerpo golpearon a Rogelio Cuevas de 77 años de edad, en diferentes partes de su cuerpo, valiéndose cada uno de una caña colihue, provocando como a consecuencia de ello escoriaciones superficiales en región subescapular izquierda con dolor local; y fractura desplazada de cúbito izquierdo”, indicaron fuentes del caso al portal Diario Andino.

En tanto que se le atribuyó un segundo hecho a Mario Omar Inostroza: en ese mismo episodio, habría sacado de la altura de su cintura un arma de fuego tipo revólver, y le habría apuntado y amenazado de muerte a Cuevas.

“La conducta desplegada por Agustín Erivin Inostroza encuadra en el delito de lesiones graves en calidad de coautor material (45, y 90 del Cód. Penal). En tanto que la conducta desplegada por Mario Omar Inostroza, constituye el delito de lesiones graves, en calidad de coautor; el cual concursa realmente con el delito de amenazas calificadas por el uso de arma en calidad de autor material (arts. 45, 55, 90, y 149 bis segundo supuesto)”, precisaron las fuentes del caso.

Para esclarecer los hechos, se solicitó un período de investigación de 4 meses.

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