19/07/2022

Jorge Taiana prohibió festejos y ritos de iniciación en las Fuerzas Armadas

Jorge Taiana prohibió festejos y ritos de iniciación en las Fuerzas Armadas

El ministro de Defensa, Jorge Taiana tomó la decisión luego de los dos recientes desenlaces trágicos en este tipo de “bautismos” que se dan de manera ilegal dentro del Ejército. En uno de los dos casos fue el fallecimiento de un subteniente y en el otro, la grave lesión de un suboficial en un cuartel de Apóstoles, en Misiones.

“Festejos, ritos y ceremonias de iniciación, reuniones sociales u otras actividades, cualquiera sea la denominación que se le otorgue, así como también el ingreso, provisión y consumo de bebidas alcohólicas dentro de unidades y establecimientos de las Fuerzas Armadas” quedaron debidamente prohibidas mediante la resolución 974/2022, firmada el viernes pasado por Taiana.

La tragedia que desencadenó la decisión del ministro de Defensa fue el “rito de iniciación” en el que murió el subteniente Matías Ezequiel Chirino, de 22 años, en el Grupo de Artillería 3 de Paso de los Libres, en Corrientes, luego de haber sido forzado a beber alcohol en exceso y ser arrojado a la pileta, según denunciaron sus familiares, en actos calificados como de “abuso de autoridad”, que determinaron la suspensión de diez oficiales en actividad.

A ese lamentable episodio siguió, semanas después, otra “recepción” en el Regimiento de Infantería de Monte 30, en la localidad misionera de Apóstoles, en la que el cabo Michael Nathanael Verón sufrió una grave lesión en su columna vertebral. El sábado pasado, el suboficial fue operado por segunda vez, con pronóstico delicado.

Por este segundo hecho fueron removidos los oficiales que conducían la unidad y fueron sancionados preventivamente dos oficiales subalternos y 12 suboficiales. Las medidas se inscriben en la “política de tolerancia cero” anticipada por el ministro Taiana.

La nueva resolución determina que “el incumplimiento dará lugar a al inicio de las actuaciones disciplinarias correspondientes, pasibles de ser encuadrado como falta gravísima en los términos del artículo 13 Anexo IV de la ley 26.394, sin perjuicio de otras faltas que pudieren ser aplicables”.

Tras señalar que “los preceptos éticos y los valores de la profesión militar se remontan a los principios sanmartinianos”, el ministro de Defensa insiste en la resolución que “resulta necesario trabajar en la prevención de las violencias interpersonales, a través de la educación en los institutos de formación y perfeccionamiento de oficiales y suboficiales”.

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