23/06/2022

Córdoba: no podrá ir a la cancha por deber 3 años de cuota alimentaria

Córdoba: no podrá ir a la cancha por deber 3 años de cuota alimentaria

El Juzgado de Familia de Sexta Nominación de Córdoba resolvió que un hombre no podrá ir a la cancha a ver a su equipo, ni salir de la provincia, hasta que no salde un pago de más de 350 mil pesos de la cuota alimentaria de su hijo de 7 años.

El caso comenzó en 2019, cuando la madre del niño se presentó ante la justicia para reclamar la deuda impaga. La misma, a día de hoy, asciende a $365.286,80, gracias a la inflación y los diferentes intereses.

Es así que la jueza Marcel Alejandra Menta le impidió al deudor ingresar a la cancha de Belgrano de Córdoba y salir de la provincia. Además, ordenó su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

El fallo establece que el club será notificado para impedir el ingreso del hincha, en caso de que quiera asistir a un partido. En el escrito, Menta remarcó "el desapego del progenitor a sus obligaciones de fuente legal alimentaria y su falta de interés por el bienestar de su hijo".

Asimismo, explicó que las medidas impuestas "tienen por objeto corregir al alimentante incumplidor para garantía del deber de asistencia económica y subsistencia material del beneficiario afectado".

La magistrada definió al pago como "un derecho humano básico por lo que corresponde buscar alternativas para garantizar el efectivo cumplimiento de la cuota alimentaria, siempre en un marco de razonabilidad teniendo en miras que su fin es lograr revertir el incumplimiento del progenitor remiso".

Las restricciones sobre el padre perdurarán hasta que cumpla con las obligaciones alimentarias a su cargo.

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