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LOS TRES FUERON CONDENADOS

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18/12/2021

STJ rechazó una queja que planteó la defensa de los hermanos Bonnefoi

STJ rechazó una queja que planteó la defensa de los hermanos Bonnefoi
STJ rechazó una queja que planteó la defensa de los hermanos Bonnefoi

Con las firmas de los jueces Liliana Piccinini y María Cecilia Criado, Sergio Barotto, Sergio Ceci y Ricardo Apcarian, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia rechazó sin sustanciación, una queja intentada por la defensa de Fabio; Cristian y Lucas Bonnefoi, quienes habían resultado condenados tiempo atrás, por un violento episodio que incluyó la comisión de varios delitos graves.

Los planteos defensivos están dirigidos a la sentencia que en junio pasado, impuso una condena de tres años y seis meses de prisión para Fabio Daniel, dos años y seis meses para Cristian Leandro y dos años de prisión para Lucas Kevin.

Los primeros dos fueron condenados como coautores penalmente responsables de los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma, tentativa de violación de domicilio, lesiones leves, daños y violación a las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación de una pandemia. Lucas, en tanto, como autor de los delitos de atentado a la autoridad agravado por una reunión de más de tres personas, lesiones leves agravadas por su comisión contra un miembro de las fuerzas de seguridad, daño agravado por haberse ejecutado sobre bienes de uso público y violación a las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación de una pandemia.

El defensor Jorge Pschunder, ya había atacado la sentencia en instancia de impugnación ordinaria y extraordinaria y fue el rechazo en esas dos instancias a sus teorías, que acudió en queja ante el máximo tribunal de justicia provincial.

Los jueces del STJ recordaron en su resolución que la defensa “solo expone su disconformidad con lo resuelto” y no logró demostrar la configuración de algún supuesto que permita la revisión de la sentencia. Concluyeron que “la parte insiste en que se habría incurrido en una indebida restricción de sus posibilidades probatorias, lo que afectaría las garantías previstas en el artículo 18 de la Constitución Nacional, mas tal agravio no se atiene a las constancias de lo ocurrido”.

Los hechos investigados ocurrieron una noche de junio del año pasado, cuando los tres condenados por el hecho se presentaron a bordo de un automóvil Chevrolet Onix en el domicilio de Patricio Asenjo Tobar, cerca de la intersección de las calles Beschtedt y Mange de esta ciudad.

Allí realizaron diversas acciones violentas y hostiles destinadas a lograr ingresar a la vivienda. Introdujeron sus brazos por una ventana, forzaron y golpearon la puerta y finalmente lograron ingresar y golpearon a Asenjo Tobar, a quien lesionaron.

Ante la presencia policial, se escaparon hacia una casa cercana, descendieron del automóvil y junto a otras personas aún no identificadas, comenzaron a arrojar elementos contundentes a los empleados policiales y los móviles en que se desplazaban, resistiendo la detención.

Como saldo de los episodios, los acusados provocaron lesiones en los empleados policiales: Roxana Tamara Navarro Delgado -diversos traumatismos con pérdida de conciencia-, Cristian Gonzalo Peña -hematomas- y Mirta Patricia Huenuan -hematomas y excoriaciones. Además, dañaron el parabrisas y un vidrio lateral del móvil policial.

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