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| 03/12/2021

Imponen prisión preventiva a un violador condenado a catorce años de prisión

Imponen prisión preventiva a un violador condenado a catorce años de prisión

Pese a haber sido condenado por un tribunal oral de San Carlos de Bariloche a la pena de 14 años de prisión, y no obstante haber sido confirmada esa condena por el Tribunal de Impugnación provincial, el condenado seguía en libertad.

Por tal motivo, el fiscal jefe Martín Lozada solicitó en la mañana de ayer –2 de diciembre– que se le imponga la prisión preventiva y, en consecuencia, se disponga su inmediata detención.

Así sucedió ante el Tribunal conformado por los jueces Bernardo Campana, Gregor Joos y Álvarez Melinger, quienes accedieron a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y dispusieron la prisión preventiva del condenado.

A la hora de expresar los motivos por los cuales resulta procedente esa prisión preventiva, el fiscal jefe manifestó: "Se ha cumplido con el doble conforme exigido por nuestro ordenamiento convencional y constitucional: la condena a 14 años dictada por un tribunal local ha sido confirmada por el Tribunal de Impugnación provincial".

Indicó, además, que: "No desconocemos que la regla de naturaleza convencional y constitucional es la libertad del acusado durante la sustanciación del proceso. Tampoco desconocemos los estándares que ha fijado La CIDH en torno a la imposición de la prisión preventiva y la necesidad de que ella se erija sobre parámetros de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. Sin embargo, entendemos que la prisión preventiva que venimos aquí a solicitar se le imponga al condenado obedece a esos mismos criterios de admisibilidad".

Afirmó, asimismo, que: "En lo fundamental, debido a que la pena que se impondrá al condenado será de inexcusable cumplimiento efectivo, y será, además, de un monto muy elevado –14 años de prisión–".

E incluso, afirmó, que: "Nos encontramos en presencia de nuevos y actuales riesgos procesales. Me refiero al peligro de fuga que se produce a partir de la confirmación –por parte del Tribunal de Impugnación– de la sentencia condenatoria. El hombre medio, no un héroe o un santo, estará razonablemente compelido a la fuga ante la certeza e inexorabilidad de un castigo de tamaña magnitud. En consecuencia, surge la lógica necesidad de neutralizar ese peligro a partir de una medida cautelar efectiva y proporcional al castigo que le ha sido impuesto".

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