DEBEN RESOLVER SI LA CAUSA POR USURPACIÓN CONTINÚA

| 18/11/2021

El fallo que anuló dictamen del INAI será analizado por el Tribunal de Impugnación

El fallo que anuló dictamen del INAI será analizado por el Tribunal de Impugnación
Foto archivo
Foto archivo

El Tribunal de Impugnación de la provincia debe analizar si la causa por usurpación iniciada contra integrantes de la comunidad Buenuleo sigue en pie, tras los planteos defensivos de atipicidad y caducidad de plazos. Ahora la querella introdujo el fallo contencioso administrativo que anuló la resolución del INAI y formará parte del material de análisis del TI para zanjar la cuestión.

El abogado querellante, Jorge Pschunder, solicitó una audiencia ante el Tribunal de Impugnación para que se incorpore el fallo de la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que resolvió declarar nula la resolución 90/20 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), en la que el Estado nacional reconoce “la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad Lof Che Buenuleo, perteneciente al pueblo mapuche”.

Ello ocurrió mientras el TI se encontraba en etapa de deliberación, tras haber desarrollado una audiencia en la que la defensa había pedido el cierre definitivo del caso por atipicidad y caducidad de plazos.

Para entender la situación es conveniente un repaso apretado de lo ocurrido en el trámite de la causa. En primera instancia, integrantes de la comunidad fueron imputados por usurpación, por haberse introducido de manera clandestina y violenta, en un territorio que reclamaron como propio por derecho ancestral, pero sobre el que un privado dice tener derechos posesorios.

Le siguieron planteos de incompetencia y sucesivas audiencias ante distintos tribunales y la situación se zanjó con la determinación de que sea la justicia provincial la que intervenga en el hecho.

No obstante, cuando en el caso estaba por concretarse un desalojo de los miembros de la comunidad, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) emitió la resolución 90/2020 en la que reconoció la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad, tras haber completado el relevamiento exigido por la ley.

El caso dio un giro inesperado tras esa resolución y la fiscalía se retiró del caso por considerar que el hecho investigado resultaba atípico. Es decir, que nadie puede ser acusado de usurpar una tierra que ya ocupaba, según el dictamen del INAI.

Pero la querella continuó el proceso de manera autónoma e impulsó en la sala federal en lo contencioso administrativo, un amparo tendiente a revocar esa resolución. Eso fue lo que obtuvo en el fallo, aunque el mismo no está firme y es cuestionado por las defensas y por el propio INAI.

Semanas atrás, los defensores Fernando Kosovsky y Ezequiel Palavecino reclamaron el sobreseimiento definitivo de sus asistidos, pero los jueces Miguel Carcella, Marcelo Álvarez y Guillermo Bustamante hicieron un alto en la deliberación e intentaron una audiencia conciliatoria buscando acercar las posiciones de las partes. Fracasó.

En el caso Ramiro Buenuleo, Rosa Buenuleo, Lucas Dinamarca, Sandra Ferman, Nahuel Maliqueo, Mauro Millán, Nicolás Quijada y Claudio Raile están imputados por usurpar un predio sobre el que reclaman derechos ancestrales, pero que también es reclamado por Emilio Friedrich, quien había adquirido una parte de los terrenos en disputa, por medio de una cesión de un boleto de compraventa que le hiciera Claudio Thieck.

¿Que opinión tenés sobre esta nota?


Me gusta 0%
No me gusta 0%
Me da tristeza 0%
Me da alegría 0%
Me da bronca 0%
Te puede interesar
Ultimas noticias