SOMETIÓ A UNA EMPLEADA EN PILCANIYEU

| 18/11/2021

Rechazaron enviar a la corte el caso contra un capataz condenado por violación

Rechazaron enviar a la corte el caso contra un capataz condenado por violación

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia rechazó el recurso extraordinario federal intentado por la defensa de Sandro “Palito” Ocares y con ello negó elevar el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que analicen la sentencia de siete años y seis meses de prisión que le impusieron.

Tras la condena, la sentencia contra Ocares había sido examinada por el Tribunal de Impugnación, en dos ocasiones y luego por el propio STJ. Tras este nuevo rechazo, la última instancia posible para la defensa es una queja ante el máximo tribunal de la Nación. Si la vía no es admitida, la condena queda firme.

Ocares fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple, en concurso real. Se trata de un capataz del municipio de Pilcaniyeu que fue acusado por hechos cometidos contra otra empleada del municipio, ocurridos entre febrero y marzo de 2019.

El primero ocurrió en el interior de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Pilcaniyeu, ubicada en la calle Sayhueque, lugar en el que Ocares atacó a la víctima e intentó violarla. El segundo episodio fue en el interior de las instalaciones de la radio FM Patagonia, ubicada sobre la calle Aimé Paine, en donde repitió su accionar.

El tercero de los hechos, ocurrió otra vez en el interior del edificio de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Pilcaniyeu, donde el agresor violó a la víctima.

El juicio se había desarrollado en los tribunales locales en sucesivas audiencias que contaron con el aporte de once testigos, para dar paso a los alegatos de clausura, en los que los acusadores mantuvieron el reproche y pidieron su declaración de responsabilidad.

Los jueces del STJ que rechazaron habilitar la vía a la Corte Suprema, consideraron que la presentación defensiva no cumplía las exigencias del escrito y que tampoco desplegó una argumentación idónea para refutar la motivación del fallo atacado, en tanto versa sobre temáticas que, además de ser impropias de la instancia pretendida, ya fueron debidamente abordadas en la sentencia en crisis, a la vez que no se introducen razones que evidencien un supuesto de arbitrariedad o alguna otra cuestión federal suficiente que amerite la habilitación de la vía excepcional”.

 

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica, anónima y gratuita, a mujeres víctimas de violencia de género.

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