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BLANCOS, NULOS, IMPUGNADOS Y RECURRIDOS

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15/11/2021

Más de 22 000 votos no fueron para ningún partido

Más de 22 000 votos no fueron para ningún partido
Más de 22 000 votos no fueron para ningún partido

Culminaron las elecciones legislativas en la provincia de Río Negro en las cuales votaron más de 394 453 personas (un 71.22% del padrón habilitado). Con un 98.81% de las mesas escrutadas el escenario electoral respecto a los partidos políticos quedó diagramado de la siguiente manera:

Juntos Somos Río Negro con 138 545 de votos alcanzó un 37.27% y resultó el partido con más votos en la provincia.

Juntos por El Cambio con 100 955 votos alcanzó el segundo lugar con el 27.16%.

El Frente de Todos con 100 199 votos alcanzó un 26.95% de los votos. 

Frente de Izquierda y de Trabajadores Unidad cosecho 18 066 votos llegando al 4.86%.

El Partido Socialista alcanzó 7980 votos llegando al 2.14 %.

Por último, el Movimiento al Socialismo alcanzó 5953 votos resultando último con un 1.60%.

En total se registraron 371 698 votos afirmativos entre todas las fuerzas (94.23%). Por otro lado, 5606 votos fueron en blanco (1.42%), 16 892 nulos (4.28%) y 257 recurridos, impugnados o comando (0.06%).

En total, los votos no válidos o que están atados a revisión por parte de la Justicia Electoral son 22 755; más que los últimos tres partidos y casi lo mismo que la sumatoria de los tres últimos partidos (26 303 votos contra 22 755 votos entre en blanco, nulos y/o impugnados).

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Según la Cámara Nacional Electoral, el voto en blanco es "una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos".

Para que un voto sea considerado como voto en blanco, en el sobre entregado por las autoridades de mesa, hay un papel sin ningún texto o imagen o directamente el sobre está vacío. Por otro lado, cuando se introduce una boleta oficial que carece del cuerpo en alguna categoría, se considera el voto en blanco para el cargo faltante en la boleta.

El voto en blanco no beneficia al candidato que más votos haya obtenido, de hecho, no beneficia a ningún candidato. Es importante distinguir entre votos válidos y votos afirmativos: el sobre vacío cuenta como válido, pero no como afirmativo. Estos últimos son aquellos en los que el elector coloca una boleta oficial de algún partido.

El voto se considera nulo cuando: el sobre tiene boletas de distintas agrupaciones políticas para un mismo cargo; la boleta está tachada, escrita o rota y no se lee el nombre y número de la agrupación política y la categoría a elegir; o si en el sobre hay objetos extraños.

Los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por el fiscal presente en la mesa. En este caso el fiscal debe fundar su pedido con argumentación concreta de las causas, que se asentarán en un volante que proveerá la Junta Electoral. Dicho volante se adjuntará a la boleta y sobre respectivo y lo suscribirá el fiscal aclarado su nombre y apellido, el número de documento cívico, domicilio y partido político a que pertenezca. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicios como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Justicia Electoral, que decidirá sobre su validez o nulidad.

Los votos impugnados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. La Justicia Electoral es la que termina definiendo si el voto tiene validez o no.

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