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UNA INSÓLITA LEGISLACIÓN QUE SE MANTUVO HASTA 2007

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01/07/2021

Cuando ser travesti en Bariloche era “un agravio moral” y estaba “prohibido” en público

Cuando ser travesti en Bariloche era “un agravio moral” y estaba “prohibido” en público
Cuando ser travesti en Bariloche era “un agravio moral” y estaba “prohibido” en público

El pasado lunes, como todos los 28 de junio, se celebró en Bariloche, al igual que en todo el mundo, el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+. Esta celebración que busca, de forma pública, instar al respeto y la igualdad de este colectivo, conmemora un aniversario más de Stonewall, fecha en que la comunidad LGBT se resistió a una razzia de la policía en un bar de la comunidad de Nueva York, que lleva ese nombre, e impulsó un movimiento que en América Latina había comenzado con la organización Nuestro Mundo, en Argentina.

Fue la primera vez en la que el movimiento LGBT luchó contra un sistema que perseguía a los homosexuales, con el apoyo del gobierno estadounidense en aquel entonces. A partir de allí fue que se empezaron a realizar las famosas marchas, tan conocidas mundialmente en la actualidad.

La noción básica del "Orgullo LGBT" consiste en que ninguna persona se avergüence de lo que es, sea cual sea su género y/o su orientación sexual. Por ello, las marchas son una forma de expresión de este orgullo, así como también las banderas con los colores del arcoiris que sirven como herramienta de reivindicación social y política.

Sin embargo, sabido es que mucho costó a este colectivo (en todo el mundo y desde ya en la Argentina) hacer valer sus derechos, ser reconocidos y respetados. De hecho, en muchos ámbitos siguen siendo discriminados.

Si nos remitimos a San Carlos de Bariloche, es oportuno destacar que en pleno ejercicio de la democracia, el 24 de junio de 1975, cuando Jacinto Ibañez presidía el Concejo Deliberante (no estaba la figura del intendente), se aprobó una ordenanza, que visto con la perspectiva actual, es por demás polémica. Y si bien los tiempos eran otros, lo más llamativo es que la normativa estuvo vigente hasta el año 2007, más allá que nadie exigía su aplicación.

El documento referido, es la Ordenanza 39 del mencionado año, donde se citaron los siguientes argumentos, para aprobar la norma en cuestión: “Ha tomado estado público la eventual presentación en nuestra comunidad de espectáculos de diversiones de los denominados 'travestis', lo que implica un agravio a la moralidad pública y los usos y costumbres de nuestro medio, afectando los valores del orden social, legal y moral, que la rigen”.

Continuaba diciendo que se sancionaría “a los fines de preservar” ese orden social, “función y responsabilidad, que debe eminentemente a la Municipalidad”.

Sin más fundamentos y defensas, el artículo primero de la polémica ordenanza prohibía en toda la jurisdicción municipal, “por afectar la moralidad pública y el orden social, legal y moral de la comunidad barilochense, los denominados espectáculos públicos o diversiones, que presenten total o parcialmente en sus programas, a los denominados travestis o similares, que implique la difusión pública de actos, sean o no artísticos, en los cuales una o más personas simulan un sexo distinto al que le es propio”.

En los artículos siguientes, se habilitaba como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno y se facultaba al presidente del Concejo, a reglamentar dicha normativa. “La autoridad de aplicación, dará intervención a los organismos del sistema represivo de la legislación vigente, en especial al Ministerio Público Fiscal y la Policía de la Provincia, en casos de acreditarse la presunta existencia de hechos delictuosos con motivo de la infracción de esta ordenanza”, exponía el artículo cuarto.

Claramente, los tiempos eran otros. Sería prácticamente imposible analizar con la visión, los derechos y libertad existente en la actualidad, una norma como la dictada hace 46 años. Más aún cuando en nuestra ciudad, cada año se celebra el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+, razón por la que por estos días, flamea la bandera multicolor en el Centro Cívico.

Sin embargo, lo llamativo del caso, es que la ordenanza en cuestión, dejó de tener vigencia recién en el año 2007 por desuetudo, junto a un conjunto de otras normativas que habían perdido vigencia.

Pero ¿qué significa esto? Según el diccionario, es la caducidad de una ley consuetudinaria derivada de su abandono en la práctica. Es decir, que se configura cuando la costumbre o el uso social, prescinden totalmente de una ley y actúan como si ella no existiera.

Por lo tanto, como la sociedad mutó, al igual que sus costumbres y usos sociales, recién hace 14 años, esta normativa digna de otros tiempos, quedó sin efecto. Claro está, que por los años 2000, ningún funcionario municipal exigía que se aplique la norma. Incluso, seguramente, muchas autoridades que pasaron por la Intendencia y por el Concejo Municipal, la desconocían.

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