SE DECLARÓ CULPABLE

| 01/06/2021

Cinco años y seis meses de prisión por robar dos celulares a punta de cuchillo

 Cinco años y seis meses de prisión por robar dos celulares a punta de cuchillo

Los jueces Bernardo Campana, Marcos Burgos y Marcelo Álvarez Melinger, condenaron a Lucas Ezequiel Chávez (25) a la pena de cinco años y seis meses de prisión, luego de que éste se declarara culpable de un robo a mano armada y aceptara la propuesta fiscal, con el consentimiento de su defensa.

Chávez fue acusado por un hecho ocurrido el 17 de febrero de 2020 cuando junto a otra persona, cuya identidad no se pudo establecer, interceptaron a un hombre que caminaba de regreso a su domicilio y tras iniciar una conversación, le reclamaron la entrega de sus pertenencias.
La víctima intentó defenderse iniciando una pelea y un forcejeo, pero ambos agresores extrajeron cuchillos que llevaban consigo e intentaron agredir al damnificado, que no tuvo opción y entregó su teléfono celular.
También le atribuyeron a Chávez un hecho ocurrido el 16 de marzo de 2021 cuando interceptó a un menor que transitaba por la vía pública, en dirección a una parada de colectivos. Tras exhibirle un arma blanca, logró apoderarse ilegítimamente de un celular, le exigió la clave de desbloqueo del aparato y se dio a la fuga.
A pocos metros de ahí y apenas unos minutos después, Chávez fue avistado por efectivos de la comisaría Segunda en la parada de colectivos de calle Moreno, y resultó detenido mientras manipulaba el celular perteneciente a la víctima.
Los hechos fueron encuadrados en las figuras de robo calificado por el uso de arma blanca y robo calificado por el uso de arma blanca en grado de tentativa.
Aunque en el primero de los hechos investigados el acusado logró consumar su actividad delictiva, tuvo poca lucidez para obtener algún rédito de ello, ya que al poco tiempo realizó una publicación en la red social Facebook, ofreciendo el aparato a la venta. La investigación rápidamente dio con su identidad.
Los jueces señalaron en su sentencia que “no solo se cuenta con el reconocimiento liso y llano” del acusado, “sino también con evidencia sustancial que fue corroborada por la defensa”.

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