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29/05/2021

¿Cuáles eran las medidas en la ciudad antes del anuncio del DNU?

¿Cuáles eran las medidas en la ciudad antes del anuncio del DNU?
¿Cuáles eran las medidas en la ciudad antes del anuncio del DNU?

El 31 de mayo finaliza el periodo de confinamiento estricto decretado por Nación. Desde el Municipio confían en que, una vez finalizado el periodo establecido, la ciudad vuelva a implementar las medidas que regían previamente. Si bien hay que esperar el anuncio oficial tras la reunión del Comité de Crisis, el intendente de esta ciudad adelantó que se volvería a las medidas anteriores. 

El intendente Gustavo Gennuso manifestó: “Seguramente vamos volver al momento anterior al DNU de Nación, con el cierre de comercios no esenciales a las 20 horas y el trabajo de gastronómicos hasta las 23, lo digo para que los vecinos se vayan preparando”.

Si bien ahora resta esperar el anuncio oficial por parte del Gobierno provincial tras la reunión del Comité de Crisis, El Cordillerano hizo una breve reseña de cómo eran las restricciones previas a la oficialización del DNU de Nación.

Las medidas impuestas antes del DNU eran las siguientes:

-La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, solo podrá realizarse entre las 07:00 y las 20:00. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria, debiendo acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad pública.

-Los comercios de productos esenciales, no esenciales, restoranes, bares, cafés, heladerías, establecimientos similares y aquellas actividades de servicios no esenciales podrán funcionar en el horario comprendido entre las 10:00 y las 19:00 horas. En todos los casos los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.

-Quedan suspendidos por este período la apertura de gimnasios, natatorios y afines para la práctica de deportes en lugares cerrados.

-Queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas o cualquier otro tipo de actividad que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos metros entre los y las concurrentes y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes.

-Se prohíbe la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

-Se prohíben la realización de actividades deportivas y culturales cualquiera sea la cantidad de personas.

- Las entidades financieras y bancarias podrán funcionar en el horario comprendido entre las 10:00 y las 19:00, de acuerdo a los protocolos sanitarios específicamente aprobados al respecto.

- Se suspenden las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas y eventos, sin distinción de aforo.

En cuanto a la actividad educativa, las medidas anunciadas el 28 de abril mantenian un carácter preventivo, temporario y excepcional.

-Disponer la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en las localidades de San Carlos de Bariloche y Dina Huapi desde el 29 de abril hasta el 13 de mayo de 2021, inclusive.

-Los establecimientos escolares permanecerán abiertos debiendo asegurar el intercambio de actividades, materiales, devoluciones, con estudiantes y familiares.

-El Ministerio de Educación y Derechos Humanos establecerá el mecanismo a implementar para garantizar la continuidad pedagógica durante el período de suspensión establecido por la presente.

-Se sugiere al sector público y privado fomentar el teletrabajo en la medida de las posibilidades de cada área como medida preventiva contra el COVID-19.

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