HUBO ACUERDO EN LA MEDIACIÓN Y NO AFECTAN SU BUEN NOMBRE Y HONOR

| 05/04/2021

Emitió cheques y los denunció como robados: pagó las deudas y fue sobreseído

 Emitió cheques y los denunció como robados: pagó las deudas y fue sobreseído

José Lucas Cuesta fue acusado por el delito de estafa por haber emitido una serie de cheques, por un valor de dos millones de pesos y antes del cobro denunciarlos por robo, impidiendo de ese modo que los acreedores pudieran obtener el dinero correspondiente. El caso encontró una salida a través de una mediación penal que permitió el cobro de las deudas.

Según la acusación, Cuesta junto a Mario Barbagelata y Julio Berger, cometieron el hecho entre el 11 de enero de 2018 y el 4 de febrero de 2019. En convergencia intencional y acuerdo de voluntades, detalló la acusación, suscribieron siete cheques de pago diferido que fueron entregados por la empresa Carnes Rionegrinas SRL a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo "20 de Junio Ltda".

Pero antes de que los mismos sean presentados para su cobro en la entidad bancaria correspondiente, denunciaron el hurto o extravío de los mismos, lo que ocasionó el rechazo al pago por parte del banco.

Según el documento acusatorio, Cuesta "frustró maliciosamente los pagos y ocasionaron un perjuicio económico a los denunciantes, de la suma total de setecientos mil pesos”.

El segundo hecho descripto de modo similar por la fiscalía, atribuyó a Cuesta un hecho en el que "en convergencia intencional y acuerdo de voluntades con el Sr. Berger", entre el 12 de enero de 2018  y el 13 de agosto de 2019". En esas circunstancias "los aquí imputados, en convergencia intencional y acuerdo de voluntades suscribieron nueve caratulares de pago diferido que fueron entregados por la empresa Carnes Rionegrinas SRL. a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo '20 de Junio Ltda'", por un valor de un millón cien mil pesos.

Según la acusación, "los nueve cheques en cuestión fueron denunciados por el tenedor Julio Berger en fecha 29 de diciembre de 2018 ante la comisaría de Dina Huapi por supuesto extravío y en fecha 2 de enero de 2019 el señor Lucas Cuesta emite la orden de no pagar ante el banco y de ese modo se logra la frustración del pago en cuestión. De esta manera los imputados frustraron maliciosamente los pagos y ocasionaron un perjuicio económico a los denunciantes”.

Pero al momento de la audiencia, el fiscal Gerardo Miranda hizo saber que se realizó la apertura de la instancia de resolución alternativa de conflictos a pedido de las partes. En ese sentido hizo saber que Cuesta acordó la conciliación del caso que involucró el acuerdo -también- en sede civil en el Juzgado N° 3 local, de los pleitos que mantenían las partes (juicios ejecutivos).

El fiscal hizo saber que Cuesta cumplió con lo acordado, por lo cual peticionó que se extinga la acción penal por aplicación de un criterio de oportunidad y consecuentemente, se dicte el sobreseimiento definitivo de José Lucas Cuesta.

Por ello el juez de Garantías Juan Pablo Laurence, consideró que, "Analizado el planteo de la fiscalía encontrándose el mismo ajustado a derecho y fundado, considero que le asiste razón a la vindicta pública y corresponde dictar la extinción de la acción penal por aplicación de un criterio de oportunidad y sobreseer a José Lucas Cuesta en orden al delito de frustración maliciosa de pago de cheque, dejándose constancia que la sustanciación del presente proceso no ha afectado su buen nombre y honor de que hubiere gozado con anterioridad al mismo".

 

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