LA FISCALÍA COLECTÓ DIVERSOS ELEMENTOS QUE AGRAVAN LA ACUSACIÓN POR EL HOMICIDIO DE LUCAS CARO

| 30/03/2021

Aunque le revocaron la prisión domiciliaria, Vázquez volvió a su casa hasta que la decisión quede firme

Aunque le revocaron la prisión domiciliaria, Vázquez volvió a su casa hasta que la decisión quede firme
Fotos: Matías Garay
Fotos: Matías Garay

El juez de Garantías Juan Pablo Laurence, aceptó los planteos de la parte acusadora y revocó el carácter domiciliario de la prisión preventiva que le impusieron a Matías Vázquez oportunamente. No obstante, la medida no está firme porque la defensa puede apelar dentro de los tres días hábiles y hasta tanto no quede firme no se hará efectiva, por lo que Vázquez regresó a su domicilio tras la audiencia.

La fiscal Betiana Cendón agravó la acusación contra Matías Vázquez en función de los elementos que pudo colectar con el avance de la investigación y reclamó que se modifique la modalidad de prisión preventiva que le habían impuesto.

Tras escuchar también la posición defensiva y la querellante, el juez Laurence aceptó el planteo acusatorio al considerar que los argumentos llevados a esta instancia fueron contundentes. 

Cendón le atribuyó a Matías Vázquez la conducción temeraria, negligente, imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor.

Es que a partir de una pericia química y otra accidentológica, pudo acreditar que el acusado por homicidio culposo agravado tenía al menos 1,52 gramos de alcohol por litro de sangre -el triple de lo permitido- y circulaba a unos 110 kilómetros por hora -velocidad que superaba en más de 40 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en el lugar.

Según detalló la fiscal Betiana Cendón, uno de esos nuevos elementos surgió a partir del análisis de la curva de alcoholemia en Vázquez, que cuando resultó detenido, más de diez horas después del hecho, igualmente dio positivo al examen, aunque con un 0,52 gramos de alcohol por litro de sangre.

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Cendón argumentó que Vázquez no conservó el dominio del vehículo que conducía, como lo establece la ley, y que en esa circunstancia invadió la banquina de manera intempestiva, sin necesidad ni anuncio previo, embistiendo a Lucas Caro y causándole la muerte de manera instantánea a causa de las severas lesiones de cráneo y pulmonares que derivaron del golpe.
Luego, Vázquez se dio a la fuga, sin asistir a la víctima y fue localizado al día siguiente, alrededor de las ocho de la mañana.

Por todos esos elementos novedosos para la investigación, Cendón se presentó para readecuar la formulación de cargos y atribuyó a Vázquez el delito de homicidio culposo agravado por la conducción temeraria, negligente, imprudente y antirreglamentaria.

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La fiscalía adelantó que en función del avance de la investigación, consideró que no sería necesario mantener el plazo fijado anteriormente y anticipó que el primero de junio podría dar por cerrado el legajo y presentarse a una audiencia de Control de Acusación, para reclamar la apertura de la etapa de juicio, con un contundente cuadro probatorio.

La fiscalía detalló en su alocución que se habían colectado en el legajo varias multas y antecedentes que registraba Vázquez y señaló que vecinos aportaron al expediente algunos registros fílmicos del mismo vehículo y el mismo conductor, circulando en condiciones alarmantes en anteriores ocasiones y eso reflejaba su desprecio a las normas y pautas de la sociedad.

Los nuevos elementos probatorios cambiaron todo y obligaron a la fiscalía a oponerse a la medida de prisión preventiva domiciliaria que se le concedió oportunamente porque no garantizaba esa modalidad, el cumplimiento y respeto al proceso penal en marcha, que ahora acarrea, a partir de esos agravantes, una posible pena de cumplimiento efectivo.

Es que a partir de la nueva calificación legal dada al hecho, Vázquez ya no tendrá en juicio una escala penal de entre dos y cinco años de prisión, sino una escala de entre tres y seis años, al acreditarse entre los agravantes que se dio a la fuga y no intentó socorrer a la víctima, que conducía con un nivel de alcoholemia superior a lo permitido y que lo hacía superando en más de treinta kilómetros por hora la máxima permitida en el lugar del hecho.

Cendón reclamó que Vázquez sea alojado en el Penal 3 o en una comisaría, hasta la audiencia de control de acusación.

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Según los elementos colectados, la noche del siniestro, Vázquez había asistido a una fiesta de cumpleaños en el Camping Cirse y varios testigos, entre los que se destacan altos funcionarios municipales, dijeron haberlo visto consumiendo bebidas alcohólicas y abandonar la fiesta en soledad, a bordo de su vehículo Subaru.

En la audiencia desarrollada este martes, se constituyó como querellante la familia de Lucas Caro, representada por el abogado Raúl Ochoa, quien adhirió a los planteos realizados por la fiscalía.

La defensa de Vázquez, a cargo de Juan Pablo Álvarez Guerrero, objetó la pretensión de los acusadores, señalando que su asistido tenía arraigo en la ciudad, familia, trabajo y otras circunstancias que tornaban incierta su ausencia o supuesta intención de eludir el proceso.

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El juez de Garantías, Laurence, tomó un cuarto intermedio para resolver y luego dio a conocer la decisión de aceptar los argumentos de la fiscalía y revocar la prisión domiciliaria del imputado, aunque la medida no se hará efectiva hasta tanto quede firme.

Ahora, la defensa tendrá un plazo de tres días hábiles para apelar y si así lo hace, deberá intervenir un juez de Juicio en calidad de juez revisor.

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